Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Ferias. Ayudas. (2023AC0087)
Acuerdo de 21 de noviembre de 2023, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la feria Alimentaria Barcelona, para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 228
Martes 28 de noviembre de 2023

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4. L
 a resolución será notificada individualmente a la persona beneficiaria, con arreglo a lo
previsto en los artículos 40 y 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. En ejercicio de las funciones de control y demás que comportan potestades administrativas,
conforme a lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 6/2011, de 23 de marzo
contra la resolución que ponga fin al procedimiento de concesión, se podrá interponer recurso de alzada ante el órgano directivo con competencias en comercio exterior, en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente al que se dicte el acto, sin perjuicio de que las
personas interesadas pueda ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
6. A
 simismo, se publicará la relación de beneficiarios, así como la lista de reserva, en la web
www.extremaduraavante.es y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura o
el que por adscripción corresponda, con el desglose de la puntuación obtenida, priorizada
por orden de puntuación de la solicitud por cada convocatoria a la que hayan concurrido,
si procede.
7. L
 as personas beneficiarias podrán renunciar a la ayuda en un plazo de 5 días hábiles desde
la notificación de la resolución de concesión.
8. L
 as renuncias de la persona beneficiaria que se produzcan tras la publicación de la relación
de beneficiarios, podrán dar lugar a la incorporación de un nuevo beneficiario de la lista de
reserva. La resolución por la que se adjudique la plaza a la nueva persona beneficiaria será
notificada en el plazo máximo de 20 días naturales desde la notificación de la resolución
que declare la renuncia.
Para ello, se seguirá el orden establecido en la relación de reservas, según la acción de promoción a la que hayan concurrido y el orden de puntuación obtenido, de conformidad con
lo establecido en el artículo 63.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
No obstante lo anterior, no se adjudicarán plazas a los solicitantes de la reserva si por las
exigencias y plazos impuestos para la ejecución de la acción y la prestación que comprende
la ayuda en especie, no pudieran ser otorgadas en su integridad.
Decimocuarto. Modificación de la resolución.
1. U
 na vez haya sido dictada la resolución de concesión, podrá dar lugar a su modificación la
determinación del importe definitivo de la ayuda en especie, de conformidad con lo previsto