Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Ferias. Ayudas. (2023AC0087)
Acuerdo de 21 de noviembre de 2023, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la feria Alimentaria Barcelona, para el ejercicio 2024.
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Martes 28 de noviembre de 2023

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EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU

ACUERDO de 21 de noviembre de 2023, del Consejero Delegado, por el que
se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la feria Alimentaria
Barcelona, para el ejercicio 2024. (2023AC0087)
La Orden de 6 de julio de 2023, establece las bases reguladoras de las ayudas para la participación agrupada en Acciones de Promoción de carácter internacional convocadas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU. Estas ayudas tienen por finalidad mejorar
y ampliar la promoción internacional de los productos y servicios de las pymes extremeñas,
estableciendo un marco favorable para la participación del tejido empresarial extremeño en
las diferentes acciones de promoción de forma agrupada que se desarrollarán durante los
próximos ejercicios.
El procedimiento de concesión de las ayudas previstas, de conformidad con lo previsto en el
artículo 12 de la citada orden, se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, dentro
del límite de disponibilidad presupuestaria.
El órgano competente para la concesión de la ayuda será el Consejero Delegado de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, y previa autorización de la Secretaría General
de Economía y Comercio de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta
de Extremadura.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la Orden de 6 de julio de 2023, la competencia
para ordenar e instruir el procedimiento de concesión de las ayudas corresponde al apoderado,
o persona con poderes suficientes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
Asimismo, según lo dispuesto en el artículo 17 de la mencionada orden, la competencia la
concesión de las ayudas, la tiene la persona que ostente el cargo de la Consejería Delegada
de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, a propuesta del apoderado.
La convocatoria se ajusta a lo establecido en el título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme a las Bases Reguladoras
establecidas en la precitada orden.
En virtud de lo expuesto, en el artículo 13 de la Orden de 6 de julio de 2023, y previa autorización de la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio de la Consejería de Econo-