Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2023063742)
Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar para el alumnado participante en los Programas de Éxito Educativo o en los Programas de Refuerzo, Orientación y Apoyo que se desarrollen en horario de tarde, en centros educativos sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso escolar 2023/2024.
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NÚMERO 227
Lunes 27 de noviembre de 2023

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INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL RELATIVA A:
Ayudas individualizadas destinadas a sufragar los gastos del transporte y/o el comedor escolar para
el alumnado participante en el Programa de Éxito Educativo y en el Programa de Refuerzo, Orientación y Apoyo. en centros educativos sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Responsable del tratamiento: Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión
Educativa.
Dirección: Edificio III Milenio. Avda., Valhondo s/n., Módulo 5.º 1.ª planta Mérida 06800.
Teléfono: 924006816.
Correo electrónico: atenciondiversidad@juntaex.es
Delegada de protección de datos: atenciondiversidad@juntaex.es
Finalidad del tratamiento.
El proceso de admisión y concesión de los beneficiarios de las ayudas individualizadas destinadas a sufragar los gastos del transporte y/o el comedor escolar para el alumnado participante en el programa de
éxito educativo y en el Programa refuerzo, orientación y apoyo, en centros educativos sostenidos con
fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Conservación de los datos.
La información de los datos será conservada hasta la finalización del procedimiento y posteriormente
durante los plazos legalmente previstos en la normativa y durante el plazo que un juez o tribunal pueda
reclamar. Cumplidos esos plazos podrán ser traslados al Archivo Histórico de acuerdo con la normativa
vigente.
Licitud y base jurídica del tratamiento.
La base legal para los tratamientos indicados es RGPD 6 1C) tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento en el artículo 8 de la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
Destinatarios.
Podrán ser comunicado a otros organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el previo
consentimiento del interesado, cuando así lo prevea una norma de Derecho de la Unión Europea o una
Ley, que determine que las cesiones procedan como consecuencia del cumplimiento de la obligación
legal, aunque se deberá informar de este tratamiento al interesado, salvo excepciones previstas en el
artículo 145.