Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064002)
Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Cooperación descentralizada y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo para la actuación conjunta y coordinada en materia de acción humanitaria.
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NÚMERO 227
Lunes 27 de noviembre de 2023

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— D.ª Catalina Cirer Adrover, Consejera de Famílias y Asuntos Sociales del Gobierno de las
Illes Balears, nombrada mediante Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la Presidenta de
las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, y en el ejercicio de las competencias conferidas por el Decreto
12/2023, de 10 de julio, de la Presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen
las competencias y la estructura básica de las Consejerías de la Administración de la
Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de
julio, y por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto.
— D. Luis Miguel González Gago, Consejero de la Presidencia, en nombre y representación
de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y en virtud de las atribuciones que le son
conferidas de acuerdo a lo previsto en el Decreto 1/2022, de 19 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías, y en relación con
el Decreto 6/2022, de 5 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de la Presidencia.
— D. Carlos Daniel Casares Díaz, en su calidad de secretario general de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) con CIF n.º G-28783991, actuando en nombre
y representación de la misma, en desarrollo de las funciones que le atribuye el artículo
39 apartado 2 de los Estatutos aprobados en el XII Pleno celebrado en Madrid el día 21
de septiembre de 2019, con domicilio en Madrid, C/ Nuncio n.º 8.
EXPONEN
Que, entre los principios generales que deberán regir la actuación de todas las Administraciones Públicas, establecidos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, se encuentran la cooperación, colaboración y coordinación entre las Administraciones
Públicas.
Que, la mencionada Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
establece que la suscripción de convenios deberá mejorar la eficiencia de la gestión pública,
facilitar la utilización conjunta de medios y servicios públicos, contribuir a la realización de
actividades de utilidad pública y cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y
sostenibilidad financiera.
Que la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, establece, en su artículo 1, apartado 5, que la política española de cooperación
para el desarrollo sostenible es un elemento integral, central y definitorio de la Acción Exterior
del Estado y, por ello, sujeto al cumplimiento de los objetivos, fines y directrices de Política
Exterior del Gobierno, que se desarrollará conforme a los principios rectores definidos en la