Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2023063993)
Resolución de 16 de noviembre de 2023, de la Consejera, sobre la legalidad de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Agentes Comerciales de Badajoz -adaptados a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre-, y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 227
Lunes 27 de noviembre de 2023

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3. A
 estos efectos, para la válida constitución de la Asamblea General que apruebe la disolución, absorción o fusión del Colegio se requiere la asistencia de, al menos, el setenta y
cinco por ciento de los colegiados y el voto favorable de dos tercios de los asistentes en
primera convocatoria; y asistencia de mayoría simple y el voto favorable de dos tercios de
los asistentes en segunda convocatoria.
4. P
 reviamente a la convocatoria de la Asamblea General referida en el apartado anterior, se
someterá dicha propuesta a información pública de todos los colegiados, con una antelación mínima de treinta días.
TÍTULO XXII
Reforma de los Estatutos
Artículo 116. Procedimiento de reforma.
El procedimiento para la reforma de los Estatutos se iniciará por acuerdo de la Junta de Gobierno, quien lo someterá a Asamblea General Extraordinaria, siendo necesario, en todo caso,
que voten a favor de la reforma los dos tercios de los asistentes, representados o con participación mediante conexión telemática.
También podrá iniciarse el procedimiento de modificación por solicitud de los dos tercios de
los colegiados.
La modificación de disposiciones estatutarias en virtud de las cuales se exija alcanzar determinado quórum o proporción de votos en la Asamblea General, requerirá para su aprobación
de iguales requisitos.
El Colegio de Agentes Comerciales comunicará, en su caso, a la Consejería competente en
materia de Colegios Profesionales de la Junta de Extremadura, las modificaciones de sus estatutos para su control de legalidad e inscripción en el registro regulado en la Ley de Colegio
y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Única. Ejercicio transitorio del cargo.
La actual Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Agentes Comerciales de Badajoz permanecerá en el ejercicio de sus cargos hasta que corresponda su renovación de conformidad con
los Estatutos del Colegio.