Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2023063993)
Resolución de 16 de noviembre de 2023, de la Consejera, sobre la legalidad de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Agentes Comerciales de Badajoz -adaptados a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre-, y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 227
Lunes 27 de noviembre de 2023

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reclamación, de acuerdo, en todo caso, con la legislación en materia de protección de
datos de carácter personal.
e) L
 os cambios en el contenido de sus códigos deontológicos en caso de disponer de ellos.
f) Las normas sobre incompatibilidades y las situaciones de conflicto de intereses en que
se encuentren los miembros de las juntas de gobierno.
g) Información estadística sobre la actividad de visado.
h) I nformación sobre el modo en que las actividades realizadas, en cumplimiento de las
funciones que tienen legalmente encomendadas, redundan en el interés público conforme a su naturaleza de corporaciones de derecho público.
2. L
 a memoria anual deberá hacerse pública a través de la página web en el primer semestre
de cada año y deberá respetar la normativa vigente sobre protección de datos de carácter
personal.
3. E
 n la memoria anual, así como en los informes, estudios, estadísticas, encuestas o recogidas de datos que realicen las organizaciones colegiadas, cuando sea posible, deben desagregar por sexos los datos estadísticos y evaluar el Impacto de género de las actuaciones.
Artículo 7. Servicio de atención a consumidores y usuarios.
1. E
 l Colegio Oficial de Agentes Comerciales de Badajoz atenderá las quejas o reclamaciones
presentadas por los colegiados.
2. A
 simismo, este Colegio profesional dispondrán de un servicio de atención a los consumidores o usuarios, que necesariamente tramitará y resolverá, en el plazo máximo de un
mes, cuantas quejas y reclamaciones referidas a la actividad colegial o profesional de los
colegiados se presenten por cualquier consumidor o usuario que contrate los servicios profesionales de sus colegiados, así como por asociaciones y organizaciones de consumidores
y usuarios en su representación o en defensa de sus intereses.
3. A
 través de este servicio de atención a los consumidores o usuarios, resolverá sobre la
queja o reclamación según proceda: bien informando sobre el sistema extrajudicial de resolución de conflictos, bien remitiendo el expediente a los órganos colegiales competentes
para instruir los oportunos expedientes informativos o disciplinarios, bien archivando o bien
adoptando cualquier otra decisión conforme a derecho.
4. L
 a presentación de quejas y reclamaciones se podrá realizar por vía electrónica y a distancia.