Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Acción Cinegética. Ayudas. (2023063906)
Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas a la gestión de subproductos animales no destinados al consumo humano (SANDACH), vinculadas a las acciones cinegéticas de caza mayor colectiva llevadas a cabo en cotos cuyo titular sea una Sociedad Local de Cazadores y Cazadoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondientes al ejercicio 2024.
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NÚMERO 227
Lunes 27 de noviembre de 2023

60094

RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por
la que se efectúa la convocatoria de ayudas a la gestión de subproductos
animales no destinados al consumo humano (SANDACH), vinculadas a las
acciones cinegéticas de caza mayor colectiva llevadas a cabo en cotos cuyo
titular sea una Sociedad Local de Cazadores y Cazadoras en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, correspondientes al ejercicio 2024. (2023063906)
Mediante Orden de 1 de agosto de 2022, (DOE n.º 152, de 8 de agosto de 2022), se establecen
las bases reguladoras de las ayudas a la gestión de subproductos animales no destinados al
consumo humano (SANDACH), vinculadas a las acciones cinegéticas de caza mayor colectiva
llevadas a cabo en cotos cuyo titular sea una Sociedad Local de Cazadores y Cazadoras en la
Comunidad Autónoma de Extremadura y señala en su artículo 9.3 que el procedimiento para
la concesión de estas ayudas se iniciará de oficio mediante Resolución de la persona titular
de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Estas ayudas serán financiadas con fondos propios de la Comunidad de Extremadura y esta­
rán subordinadas al cumplimiento de lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1408/2013, de
la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108
del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis, (DOUE, Serie L
352, de 24 de diciembre), modificado por el Reglamento UE 2019/316 de la Comisión de 21
de febrero de 2019 (DOUE, L51/1 de 22 de febrero de 2019).
La vigente Orden de 22 de julio de 2022 General de Vedas de Caza para la temporada
2022/2023, de la Comunidad Autónoma de Extremadura, (DOE n.º 142, de 25 de julio de
2022), establece el periodo hábil para la caza mayor, para las modalidades de montería, bati­
da y gancho, que abarcará desde el sábado anterior al 12 de octubre hasta el tercer domingo
de febrero.
Por Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Dirección General de Política Forestal, que es­
tablece los periodos y días hábiles de caza para la temporada 2023-2024 (DOE n.º 63, de 31
de marzo), y su posterior modificación por Resolución de 3 de mayo de 2023, de la Dirección
General de Política Forestal (DOE n.º 88, de 10 de mayo de 2023), se aprueba el periodo hábil
para la caza mayor, para las modalidades de montería, batida y gancho, siendo la fecha de
inicio el 7 de octubre de 2023 y la fecha fin de 18 de febrero de 2024.
Para su preparación se han tenido en cuenta los preceptos de la Ley Orgánica 3/2007, de
22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; así como en la Ley 8/2011,
de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en
Extremadura.