Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023063982)
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y MaxColor Imagen Profesional, SL, para los ciclos formativos de Grado Medio en Sistemas Microinformáticos y Redes y de Grado Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma del IES Donoso Cortés de Don Benito.
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NÚMERO 226
Viernes 24 de noviembre de 2023

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Dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
4. Q
 ue el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación
profesional podrán suscribir convenios de colaboración con empresas del sector correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.
5. Q
 ue el apartado 5 del artículo 8 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se
establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo indica
que con el fin de facilitar al alumnado la adquisición de las competencias correspondientes, las Administraciones educativas, en el marco de sus competencias, promoverán la
autonomía pedagógica organizativa y de gestión de los centros que impartan formación
profesional, fomentarán el trabajo en equipo del profesorado y el desarrollo de planes de
formación, investigación e innovación en su ámbito docente, así como las actuaciones que
favorezcan la mejora continua de los procesos formativos.
ACUERDAN
1. S
 uscribir el presente Convenio de colaboración para el desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema educativo.
2. I ncorporar al presente Convenio, a lo largo del periodo de vigencia, las relaciones nominales de alumnos y alumnas acogidos al mismo (Anexo II), el programa de formación (Anexo
III. a y b) que podrá ser modificado y adaptado en función de las necesidades del desarrollo
del mismo, y los documentos necesarios que faciliten su seguimiento y evaluación.
3. Formalizar el presente Convenio de acuerdo con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. El alumnado seleccionado, hasta 4 estudiantes, de los ciclos formativos de Grado
Medio en Sistemas microinformáticos y redes (IFC2-1) y de Grado Superior en Desarrollo de
aplicaciones multiplataforma (IFC3-2), desarrollarán las actividades formativas programadas
en el Anexo IIIa y Anexo IIIb, que podrán ser modificadas y adaptadas en función de las necesidades del desarrollo de las mismas, en los locales de los centros de trabajo de la empresa
colaboradora o, en su caso, en aquellos lugares en los que la empresa desarrolle su actividad
productiva, sin que ello implique relación laboral alguna con ninguna de las dependencias
pertenecientes a la empresa MaxColor Imagen Profesional, SL.