Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063951)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Punto Limpio en el polígono 13, parcelas 647 y 648 paraje "Palomar", a ubicar en el término municipal de Navalvillar de Pela (Badajoz)", cuyo promotor es el ayuntamiento de Navalvillar de Pela (Badajoz). Expte.: IA23/0952
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Viernes 24 de noviembre de 2023

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CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto "Punto Limpio en el polígono 13, parcelas 647 y 648 paraje
"Palomar", a ubicar en el término municipal de Navalvillar de Pela (Badajoz)",
cuyo promotor es el ayuntamiento de Navalvillar de Pela (Badajoz). Expte.:
IA23/0952 (2023063951)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de “Punto limpio” a ubicar en el término municipal de Navalvillar de Pela cuyo
promotor es el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela (Badajoz), se encuadra en el grupo 9.
“Otros proyectos”. epígrafe e) “Instalaciones destinadas a la valorización de residuos (incluyendo el almacenamiento fuera del lugar de producción) que no se desarrollen en el interior
de una nave en polígono industrial excluidas las instalaciones de residuos no peligrosos cuya
capacidad de tratamiento no supere las 5.000 t anuales y de almacenamiento inferior a 100
t” del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.6 del Decreto 77/2023,
de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,
Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. Objeto, descripción y localización del proyecto.
El objetivo del presente proyecto es la construcción de un punto limpio para la recogida selectiva de residuos domésticos con el fin de mejorar la gestión de residuos en este
municipio.