Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Delegación De Competencias. Delegación De Funciones. (2023063949)
Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Consejera, de delegación de determinadas competencias y funciones del Organismo Pagador de gastos FEAGA y FEADER de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la Dirección General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos, en relación con aquellas intervenciones del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 que tengan como beneficiario al Organismo Pagador, o a alguna Dirección General que no pertenezca a la estructura de la Consejería competente en materia de agricultura.
52 páginas totales
Página
NÚMERO 225
Jueves 23 de noviembre de 2023

59495

Política Agraria Común 2023-2027 que tengan como beneficiario al Organismo Pagados o a
alguna Dirección General ajena a éste, así como lo dispuesto en el apartado D.1) del anexo I
del Reglamento Delegado (UE) 2022/127, que dispone que cualquier delegación que efectúe
el Organismo Pagador deberá celebrarse mediante acuerdo escrito, especificando además de
las tareas que se delegan, el tipo de información y de justificantes que deba presentar el órgano delegado al organismo pagador, así como los plazos para su presentación, de tal forma
que el organismo pagador siga cumpliendo los criterios de autorización como tal, suscriben
el siguiente,
ACUERDO
Primero. Para salvaguardar la separación de funciones exigida por el anexo I, punto 1,
apartado A) del Reglamento Delegado (UE) 2022/127, en todas aquellas intervenciones de
desarrollo rural incluidas en el Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 en las
que el Organismo Pagador, o alguna dirección general que no pertenezca a la estructura de la
consejería competente en materia de agricultura, participen como beneficiarios, de conformidad con lo regulado en el artículo 9.1 del Reglamento (UE) 2021/20116, el Órgano Delegado
asumirá la realización de las siguientes competencias propias de los organismos pagadores:
— En el marco de la función de autorización y control, asumirá la realización de los controles administrativos necesarios para garantizar la correcta aplicación de la normativa que
resulte aplicable en cada caso, la selección de las muestras de controles sobre el terreno, a posteriori y de calidad que pudieran corresponder según lo prescrito en el Plan de
Control redactado al efecto, así como la ejecución material de los controles de calidad
respecto de los controles sobre el terreno y a posteriori previamente seleccionados por
el órgano Delegado y ejecutados por el Organismo Pagador u órganos en quien delegue.
Por tanto, respecto de estas operaciones (contratos, encargos a medios propios o convenios),
los servicios gestores del Organismo Pagador o de la dirección general que no pertenezca a
la estructura de la Consejería competente en materia de agricultura de que se trate, seguirán
siendo responsables del examen de las solicitudes presentadas y del mantenimiento de las
bases de datos, de la ejecución material de los controles sobre el terreno y a posteriori seleccionados por el Órgano Delegado en virtud de este acuerdo, así como de la autorización de
los pagos, a la vista de los resultados de los controles que se efectúen por dichas entidades.
Asimismo, el Organismo Pagador conservará las funciones de ejecución y contabilización de
los pagos de estas operaciones.
Por su parte, la persona titular del Órgano Delegado ejercerá, respecto de estas operaciones,
las funciones inherentes a su condición de Autoridad Regional de gestión FEADER, según
establece el Decreto 4/2023, en cumplimiento de los artículos 123.2 y 86.4 del Reglamento