Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Información Pública. (2023081667)
Anuncio de 14 de noviembre de 2023 por el que se somete a información pública el expediente de constitución del coto de pesca denominado "Entrecercas", en el término municipal de Cabeza del Buey.
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Jueves 23 de noviembre de 2023

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CONSEJERÍA DE GESTIÓN FORESTAL Y MUNDO RURAL
ANUNCIO de 14 de noviembre de 2023 por el que se somete a información
pública el expediente de constitución del coto de pesca denominado
"Entrecercas", en el término municipal de Cabeza del Buey. (2023081667)
El Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y
Pesca, está tramitando el expediente de constitución del coto de pesca denominado “Entrecercas”, junto con la “Sociedad de Pescadores La Bolera” de Cabeza del Buey. Considerando
que la naturaleza de este procedimiento así lo requiere, atendiendo a lo establecido en el
artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, se comunica al público en general que el expediente de constitución del coto de pesca denominado “Entrecercas” en el término municipal de Cabeza del
Buey, podrá ser examinado, durante veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de
la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias
del Servicio de Caza, Pesca y Agricultura, de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural,
Centro de Acuicultura Vegas del Guadiana, antigua ctra. N-V, km 391,7. CP: 06195. Villafranco del Guadiana. Badajoz.
http://pescayrios.juntaextremadura.es/pescayrios/directorio.html
Los límites y condiciones de la inclusión de la masa de agua son los siguientes:
— Masa de agua del coto de pesca “Entrecercas” con las respectivas coordenadas UTM-ETRS
89 en huso 30: centroide de la Charca de Entrecercas: X: 307.766 m Y: 4.290.424 m.
— Temporada de pesca (período de funcionamiento): Todo el año.
— Días hábiles de pesca: Sábados, domingos y festivos de carácter nacional y regional.
— Cupo y talla de capturas por pescador y día: Ciprínidos de interés natural y regional sin
muerte. Otras especies pescables sin limitación por cupo y talla, y prohibida su devolución viva a las aguas de procedencia.
— Artes y cebos: Máximo una (1) caña a la mano, permitiéndose solo los anzuelos sencillos
sin muerte o arponcillo. No se podrán ocupar puestos fijos si en el radio de cinco metros
se observan basuras.
— Número de permisos diarios: En la Charca de Entrecercas, treinta (30) permisos, distribuidos con el 75% para la Sociedad Consorciada y el 25% para el resto de pescadores.