Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023063893)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura (UEX) por el que se concede una subvención en el año 2023, para el desarrollo e impartición de formación universitaria de Postgrado en materia de Prevención de Riesgos Laborales de conformidad con el VIII Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la Prevención de Riesgos Laborales (2020-2023).
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NÚMERO 224
Miércoles 22 de noviembre de 2023

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i) Presentación en el plazo del mes siguiente a la finalización del Convenio, de una Memoria
final en la que se describirán las acciones formativas desarrolladas conforme al Plan de
actividades que se acompaña como Anexo.
La UEX, como beneficiaria de la subvención nominativa queda obligada, asimismo, a cumplir
lo establecido en el artículo 36 sobre el régimen de los gastos subvencionables y los artículos
50 y siguientes sobre control financiero y colaboración de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Novena. Comisión de Seguimiento del Convenio.
Se constituye una Comisión de Seguimiento del Convenio, encargada de realizar el seguimiento del mismo, resolver las dudas que surjan en su interpretación, solventar las posibles
discrepancias que puedan surgir en su ejecución y elaborar las propuestas tendentes a mejorar la ejecución de las actuaciones previstas en aquél.
La Comisión estará formada por cuatro miembros, dos en representación de la Consejería
de Economía, Empleo y Transformación Digital y dos representantes designados por UEx. La
citada Comisión ajustará su régimen de organización y funcionamiento al previsto para los
órganos colegiados la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
Décima. Vigencia del Convenio.
La vigencia del presente Convenio será desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2023, sin
perjuicio de lo establecido para el periodo de justificación, que se extenderá hasta el 15 de
febrero de 2024.
Undécima. Publicidad.
La presente subvención será objeto de publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma, de conformidad con
lo establecido en los artículos 20.8b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y 17 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, así como el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación
ciudadana, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 10 y 11.1 de la Ley 4/2013, de
21 de mayo, de Gobierno abierto de Extremadura.
Decimosegunda. Causas de resolución y régimen de reintegro.
1. S
 in perjuicio de lo establecido en la cláusula décima, el incumplimiento por parte de UEx
de cualquiera de las cláusulas de este Convenio, dará lugar a la inmediata resolución del
mismo con devolución de las cantidades percibidas conforme a la normativa vigente.