Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063918)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Tres casas apartamentos rurales", cuyos promotores son Rosa Aurora Pérez Martín y Juan Antonio Morato Pérez, en el término municipal de Aldeanueva de la Vera (Cáceres). Expte.: IA22/1154.
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NÚMERO 224
Miércoles 22 de noviembre de 2023



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— No podrán utilizarse productos fitosanitarios como herbicidas para el control de la
vegetación espontanea, por el riesgo de contaminación de las aguas, de propagación
de especies invasoras (Conyza sp.), y afecciones a la fauna.



— Cualquier actuación contemplada en la obra deberá estar de acuerdo con lo estipulado en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y en sus modificaciones
posteriores, así como en el Título VII de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de
Extremadura y el Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula la
realización de determinadas actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y los Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias
Forestales y de Montes Protectores de Extremadura, y su modificación por el Decreto
37/2022, de 12 de abril.



— Se respetarán todos los pies forestales existentes. No se realizarán movimientos de
suelo ni operaciones bajo copa que pongan en riesgo la supervivencia de este arbolado.



— El seguimiento de las medidas preventivas, se realizarán a ritmo de la ejecución de
los trabajos y en los periodos permitidos para ello, solicitando los permisos correspondientes, si proceden, al Servicio de Ordenación y Gestión Forestal.



— Respecto al parque de maquinaria, a utilizar para la realización de las distintas unidades de obra, puede generar residuos líquidos peligrosos susceptibles de contaminación de aguas subterráneas y superficiales, como pueden ser aceites y otros
compuestos. Se recomienda una gestión adecuada de estos residuos que evite la contaminación de las aguas. En todo caso se cumplirá la normativa relativa a residuos.



— Los residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen durante la ejecución
del proyecto, se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso lo establecido en el Real
Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de
los residuos de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero,
por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los
residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.



— Se tendrá en cuenta la medida correctora, contemplada en el artículo 54.1 de la Ley
2/1999 de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura: “Si durante la ejecución
de la obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico, el promotor y/o la
dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán
las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte”.