Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023063899)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada presentada por Ternavi, SL, de la Resolución concedida en fecha 17 de febrero de 2021.
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NÚMERO 223
Martes 21 de noviembre de 2023

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RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga la modificación no sustancial de la
autorización ambiental integrada presentada por Ternavi, SL, de la Resolución
concedida en fecha 17 de febrero de 2021. (2023063899)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 29 de abril de 2020 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de autorización ambiental integrada (AAI) para la ampliación de una
explotación porcina de cebo ubicada en el término municipal de Madroñera y promovida por
Ternavi, SL, con CIF B-05153721 y domicilio social en Ávila.
Segundo. El proyecto consiste en la ampliación de una explotación porcina de cebo en régimen intensivo con una capacidad 3.815 cerdos de cebo. Esta actividad está incluida en el
ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la
contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre. En particular en la categoría 9.3.b del anejo I relativa a “Instalaciones destinadas a la cría intensiva
de cerdos que dispongan de más de 2.000 plazas para cerdos de cebo de más de 30 kg”.
La actividad se desarrollará en el término municipal de Madroñera (Cáceres), y más concretamente en la parcela 7 del polígono 9, con una superficie de 342 Has.
Tercero. Mediante Resolución de 17 de febrero de 2021, la Dirección General de Sostenibilidad otorgó AAI a Ternavi, SL, para explotación porcina, en el término municipal de Madroñera
con expediente n.º AAI 20/004.
Cuarto. Con fecha 24 de junio de 2022, tienen entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, modificación no sustancial de la explotación porcina, en la que se solicita la
modificación de la resolución concedida. Las características de esta modificación vienen recogidas en la presente resolución.
Quinto. La Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y
Desarrollo Sostenible considera que la modificación descrita no supone modificación sustancial de la autorización ambiental integrada (AAI) según lo establecido en el artículo 30 del
Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y
comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por no incidir la modificación planteada sobre la seguridad, la salud de las personas y el medio ambiente, en los
aspectos que enumera el artículo 30.3 del Decreto 81/2011.