Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023063908)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada presentada por Piensos Costa, SAU, de la Resolución concedida en fecha 12 de julio de 2007.
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NÚMERO 223
Martes 21 de noviembre de 2023

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— Se deberán limitar las visitas y llevar un registro de las mismas, tanto de personas como
de vehículos.
— La explotación dispondrá de un lugar seguro y protegido, señalizado, para los medicamentos y piensos medicamentosos.
- g- Plan de ejecución.
1. E
 n el caso de que el proyecto o actividad no comenzara a ejecutarse o desarrollarse en el
plazo de cinco años (5 años), a partir de la fecha de otorgamiento de la AAI, la Dirección
General de Sostenibilidad previa audiencia del titular, acordará la caducidad de la AAI, conforme a lo establecido en el artículo 23.1.a) de la Ley 16/2015, de 23 de abril.
2. D
 entro del plazo establecido en el apartado anterior, el titular de la instalación deberá
presentar a la Dirección General de Sostenibilidad solicitud de inicio de la actividad, según
establece el artículo 34 del Decreto 81/2011, de 20 de mayo.
3. E
 n particular y sin perjuicio de lo que se considere necesario, la solicitud referida en el
apartado g.2 deberá acompañarse de:
a) La documentación que indique y acredite qué tipo de gestión y qué gestores autorizados
se harán cargo de los residuos generados por la actividad con el fin último de su valorización o eliminación, incluyendo los residuos asimilables a urbanos.
b) Copia de la licencia de obra, edificación e instalación en caso de que hubiera sido preceptiva.
- h - Vigilancia y seguimiento.
1. C
 on una frecuencia anual, deberán remitirse los datos establecidos en el artículo 3 del Real
Decreto 508/2007, de 20 de abril, por el que se regula el suministro de información sobre
emisiones del Reglamento E-PRTR y de las autorizaciones ambientales integradas. Esta
remisión deberá realizarse en el plazo y en la forma indicada por la Dirección General de
Sostenibilidad o, en su defecto, entre el 1 de enero y el 31 de marzo siguiente al periodo
anual al que estén referidos los datos y a través de la aplicación informática que gestiona el
Ministerio de Agricultura, y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente a través de la siguiente
página web (www.prtr-es.es).
2. C
 on independencia de los controles referidos en los apartados siguientes, la Dirección
General de Sostenibilidad, en el ejercicio de sus competencias, podrá efectuar y requerir
cuantos análisis e inspecciones estimen convenientes para comprobar el rendimiento y
funcionamiento de las instalaciones autorizadas.