Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023063890)
Resolución de 10 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, y la Fundación "Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón", por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del proyecto "Red Extremeña de Prototipado y Fabricación Digital" en el ejercicio 2023.
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NÚMERO 223
Martes 21 de noviembre de 2023

59006

d) Acreditar con carácter previo al pago único que se halla al corriente en las obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social.
e) A
 doptar las medidas de identificación, comunicación y publicidad establecidas en el presente convenio.
f) Llevar un sistema contable que permita verificar la correcta imputación de las operaciones financiadas con cargo al proyecto.
g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de
comprobación y control.
h) P
 resentar la documentación justificativa de la ayuda en el plazo previsto en la cláusula
quinta.
i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el presente convenio.
j) Cualquier otra obligación prevista en el texto de este convenio.
Sexta. Incumplimiento y reintegro.
1. E
 l incumplimiento total o parcial de la obligación de justificación y/o de cualquiera de las
restantes obligaciones e instrucciones establecidodas en el presente convenio, conllevará,
previa audiencia de la Fundación CCMIJU, la devolución total o parcial de la transferencia
específica y el reintegro a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura de las
cantidades percibidas con los intereses legales correspondientes.
Serán causas de incumplimiento las siguientes:
a) No justificación, justificación insuficiente o justificación fuera de plazo de las actuaciones a ejecutar cada anualidad.
b) El falseamiento, la inexactitud o la omisión de los datos suministrados por la Fundación
CCMIJU.
c) No adopción de las medidas de difusión y publicidad de la cláusula décima.
d) No realización de las actividades objeto de esta transferencia.
e) E
 l incumplimiento de cualquiera de las restantes obligaciones establecidas en el presente convenio.