Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023063887)
Resolución de 10 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación EPE y la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura relativo a la contratación precomercial de servicios de I+D para la automatización de tareas y procesos en sistemas de robotización quirúrgica, según modelo normalizado.
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NÚMERO 223
Martes 21 de noviembre de 2023



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b.4) Actuar como responsable del contrato precomercial, supervisar su ejecución y
adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar
la correcta realización de la prestación pactada. El responsable del contrato dará
cuenta de sus actuaciones al grupo técnico recogido en la cláusula sexta del presente Convenio. Asimismo, podrá recabar la colaboración de expertos independientes para verificar la correcta ejecución del contrato.



b.5) En el caso de que las actuaciones objeto de la licitación realizada al amparo del
presente convenio conlleven subcontratación, el CDTI se compromete a exigir en
la licitación a la entidad adjudicataria mecanismos para asegurar que los subcontratistas cumplen con el principio de “no causar un perjuicio significativo al medio
ambiente”. Asimismo, se exigirá a las entidades subcontratistas el cumplimiento
de las obligaciones derivadas de la financiación FEDER que cumplimenten una Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI).

c) La Consejería, por medio del CCMIJU, adquiere los siguientes compromisos:


c.1) I dentificación y definición de la necesidad pública en el ámbito de sus competencias susceptible de ser satisfecha mediante la contratación de servicios de I+D, y
descripción de los servicios. En el anexo I se describen las necesidades públicas
que se pretende resolver.



c.2) F
 acilitar la información técnica necesaria para poder desarrollar el prototipo o servicio, manteniendo informado al CDTI al respecto. Igualmente, se compromete a
comunicar con la mayor agilidad posible cualquier cambio en las especificaciones
técnicas de partida que puedan afectar al desarrollo de la solución tecnológica innovadora.



c.3) E
 n caso de que el resultado final de la contratación precomercial sea un prototipo,
deberá aceptar, recepcionar y mantener el prototipo durante toda su vida útil, en
los términos y condiciones que se acuerden entre las partes.



c.4) U
 tilizar los prototipos con el fin de realizar trabajos de validación y pruebas, pero
no con fines comerciales. El prototipo deberá ser ubicado y utilizado exclusivamente en las instalaciones de CCMIJU y/o de su sector público.



c.5) C
 ompartir con CDTI los resultados de los trabajos de validación y prueba para que
esta entidad, en su caso, pueda divulgarlos con otras entidades del sector público
que puedan tener interés.