Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Sentencias. Ejecución. (2023063895)
Resolución de 25 de octubre de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se disponen las actuaciones necesarias para hacer efectiva la ejecución del fallo de la sentencia n.º 203/2023, de 26 de abril, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el recurso contencioso-administrativo n.º 575/2022.
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NÚMERO 222
Lunes 20 de noviembre de 2023

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Por ello, procede establecer el procedimiento de las actuaciones materiales necesarias para
repetir el procedimiento selectivo y, con ello, culminar el proceso de ejecución de la sentencia
señalada.
Finalmente, el Decreto de 23 de junio de 2023 de la indicada Sala establece la procedencia de
la ejecución de la sentencia conforme a lo acordado en los autos referenciados.
En virtud y uso de las atribuciones que tiene conferidas esta Dirección General de Personal
Docente,
RESUELVE:
Primero. Retrotraer, en ejecución de sentencia respecto de la actora en el recurso contencioso-administrativo n.º 575/2022, D.ª Verónica Orrego Fernández, el procedimiento selectivo
para el Cuerpo de Maestros, convocado mediante Resolución de 15 de febrero de 2022, de
la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos
para ingreso, adquisición de nuevas especialidades, integración por primera vez en listas de
espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias,
para el Cuerpo de Maestros (DOE n.º 33, de 17/02/2022), al momento de admisión de participantes (base XXIX), así como acordar la repetición del proceso selectivo en relación con la
actora desde el señalado momento procedimental.
Segundo. Hacer pública la composición del Tribunal de conformidad con las bases de la Resolución de 15 de febrero de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, cuyos integrantes se relacionan en el anexo I de la presente resolución.
Tercero. Hacer pública la composición de los miembros de la Comisión de Selección de conformidad con las bases de la Resolución de 15 de febrero de 2022, de la Dirección General de
Personal Docente, en lo referente a nombramiento de tribunal único, y cuyos integrantes se
relacionan en el anexo I de la presente resolución.
Cuarto. Los miembros del Tribunal y de la Comisión indicados tendrán derecho a percibir dietas y gastos de locomoción en el caso de que tengan que desplazarse de su residencia oficial
quedando autorizados a utilizar cualquiera de los medios de locomoción a los que se refiere el
Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón de servicio. A los efectos
previstos en el artículo 23.2 del citado decreto tendrán la categoría primera.
Quinto. Aquellos miembros Tribunal y de la Comisión que se hallen incursos en alguna de las
causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento, debiendo comunicar por
escrito en el plazo de diez días naturales la causa de su abstención. Asimismo, los aspirantes