Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023063854)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social y la Universidad de Extremadura, por el que se canaliza la subvención nominativa prevista en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2023 a favor de la Universidad de Extremadura, "Formación ASPEX", Acceso de Policías Locales de Extremadura a títulos propios de la Universidad de Extremadura.
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NÚMERO 221
Viernes 17 de noviembre de 2023

58537

MANIFIESTAN
Primero. El artículo 9.1 del Estatuto de Autonomía de Extremadura en la redacción dada por
la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de Reforma del Estatuto de Autonomía, atribuye a
la Comunidad Autónoma, en su apartado 41, la competencia exclusiva en materia de coordinación y demás facultades previstas en la ley orgánica correspondiente en relación con las
policías locales.
Por su parte, la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura,
en su artículo 5.1 r) incluye, entre las funciones que realizará la Junta de Extremadura: “promover
el perfeccionamiento y la permanente formación profesional de los miembros de los Cuerpos de
Policía Local”.
Por ello, el Plan de Formación dirigido a los Policías Locales, Bomberos y Voluntarios de Protección Civil de Extremadura, es el instrumento por el que la Secretaria General de Interior,
Emergencias y Protección Civil, y la actual Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social , a través de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura (en adelante ASPEX),
promueve las mejoras de la formación profesional de aquellos colectivos, contribuyendo a su
formación, en la doble vertiente selectiva, en el caso de los policías locales, y de perfeccionamiento y actualización, en todos los casos. La ASPEX, se encuentra adscrita a la Secretaría
General de Interior, Emergencias y Protección Civil, según lo establecido en el artículo 6, apartado 2, del Decreto 231/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura.
Segundo. La Universidad de Extremadura tal y como se recoge en el artículo 1 del Decreto
65/2003, de 8 de mayo, por el que se aprueban sus Estatutos, es una Institución de Derecho
Público encargada del servicio público de la educación superior, con personalidad jurídica y
patrimonio propios e independientes.
Tercero. La Universidad de Extremadura tiene reconocida competencia para establecer enseñanzas conducentes a la obtención de diplomas y títulos propios, así como enseñanzas de
formación a lo largo de toda la vida, para lo cual se contempla la colaboración con cualesquiera entidades públicas o privadas, tal y como se recoge en los artículos 1.2.d) y 2.2.j) de la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y artículos 2 y 3 de sus Estatutos
(Decreto 65/2003, de 8 de mayo).
Esta competencia de la Universidad de Extremadura, en virtud del artículo 3 a) de sus estatutos, se articula a través de la normativa reguladora de cursos de formación permanente,
la normativa específica de los Cursos de Verano a que hace referencia el artículo 10.2 de la
anterior, en su caso, y la normativa de expedición y entrega de certificados y títulos propios.