Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023063856)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Cáceres para la ejecución del Plan de sostenibilidad turística en destino denominado "Plan de sostenibilidad turística en destino del Valle del Alagón" financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
76 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 221
Viernes 17 de noviembre de 2023
58585
l. Mantener una adecuada pista de auditoría de las actuaciones realizadas en el marco
de este convenio y la obligación de mantenimiento de la documentación soporte. El
suministro de la información se realizará en los términos establecidos en las Órdenes
HFP/1030 y HFP/1031.
m. G
enerar todo el empleo que sea necesario para la realización de las actuaciones
financiables, el cual deberá estar afiliado a la Seguridad Social en el territorio de la
comunidad extremeña. La veracidad de este requisito tendrá que justificarse documentalmente.
n. Devolver a la Junta de Extremadura las cantidades anticipadas, que no se hubieran
utilizado en la ejecución de la actividad o actividades, en los plazos y condiciones
previstos en el presente convenio, de acuerdo con lo establecido en la cláusula Decimoquinta.
o. C
umplir con las obligaciones de publicidad, medidas de difusión y comunicación, conforme a lo previsto en el artículo 9 de la Orden HF/1030/2021, de 29 de septiembre,
así como con la cláusula Decimotercera de este convenio.
p. C
omprometerse a incluir los datos e información que sea pertinente sobre las actuaciones financiadas con los fondos MRR y en los plazos que correspondan, en el
aplicativo que a tal establezca la administración competente.
Octava. Ejecución del plan: órgano gestor del destino.
Para la puesta en práctica de las actuaciones derivadas del presente convenio, la Diputación
Provincial de Cáceres contará con un equipo técnico especializado, que proporcione apoyo
técnico, orientaciones estratégicas, operativas y administrativas a la Diputación Provincial de
Cáceres.
Dicho equipo técnico se encargará, entre otras funciones, de proporcionar apoyo técnico al
equipo de gerencia asignado por la Diputación para la ejecución de las acciones que componen el PSTD, asegurando el cumplimiento de hitos y objetivos, coordinándose con todos
los agentes relacionados, directa o indirectamente, con la actividad turística en la provincia
(entidades públicas, sector privado, …), o de fuera de ella, en caso de que sea necesario, y
actuando como supervisor de los proveedores encargados de llevar a cabo cada actuación.
Asimismo, en relación con el seguimiento del plan, durante su período de ejecución la asistencia técnica contratada será la encargada de crear las mesas de trabajo con el sector turístico,
Viernes 17 de noviembre de 2023
58585
l. Mantener una adecuada pista de auditoría de las actuaciones realizadas en el marco
de este convenio y la obligación de mantenimiento de la documentación soporte. El
suministro de la información se realizará en los términos establecidos en las Órdenes
HFP/1030 y HFP/1031.
m. G
enerar todo el empleo que sea necesario para la realización de las actuaciones
financiables, el cual deberá estar afiliado a la Seguridad Social en el territorio de la
comunidad extremeña. La veracidad de este requisito tendrá que justificarse documentalmente.
n. Devolver a la Junta de Extremadura las cantidades anticipadas, que no se hubieran
utilizado en la ejecución de la actividad o actividades, en los plazos y condiciones
previstos en el presente convenio, de acuerdo con lo establecido en la cláusula Decimoquinta.
o. C
umplir con las obligaciones de publicidad, medidas de difusión y comunicación, conforme a lo previsto en el artículo 9 de la Orden HF/1030/2021, de 29 de septiembre,
así como con la cláusula Decimotercera de este convenio.
p. C
omprometerse a incluir los datos e información que sea pertinente sobre las actuaciones financiadas con los fondos MRR y en los plazos que correspondan, en el
aplicativo que a tal establezca la administración competente.
Octava. Ejecución del plan: órgano gestor del destino.
Para la puesta en práctica de las actuaciones derivadas del presente convenio, la Diputación
Provincial de Cáceres contará con un equipo técnico especializado, que proporcione apoyo
técnico, orientaciones estratégicas, operativas y administrativas a la Diputación Provincial de
Cáceres.
Dicho equipo técnico se encargará, entre otras funciones, de proporcionar apoyo técnico al
equipo de gerencia asignado por la Diputación para la ejecución de las acciones que componen el PSTD, asegurando el cumplimiento de hitos y objetivos, coordinándose con todos
los agentes relacionados, directa o indirectamente, con la actividad turística en la provincia
(entidades públicas, sector privado, …), o de fuera de ella, en caso de que sea necesario, y
actuando como supervisor de los proveedores encargados de llevar a cabo cada actuación.
Asimismo, en relación con el seguimiento del plan, durante su período de ejecución la asistencia técnica contratada será la encargada de crear las mesas de trabajo con el sector turístico,