Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Concurso De Traslados. (2023063914)
Resolución de 15 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario docente de los cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en sectores singulares de la Formación Profesional Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Músicas y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros.
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NÚMERO 220

58215

Jueves 16 de noviembre de 2023

No se valorarán, sea cual sea su formato, los trabajos del personal de los servicios de apoyo a la docencia
o que presten servicio en la Administración educativa, que se incluyan en libros o revistas editados por
los órganos en que prestan sus servicios o en los que hayan recibido formación..

Se valorarán especialmente los contenidos originales y novedosos que pretenden introducir y provocar

cambios en la práctica educativa, solución de situaciones problemáticas y de clara relevancia en el
desarrollo profesional.

La música impresa -sólo partituras- no abarca los registros sonoros ni los libros con temática musical en

soporte papel o DVD, CD-ROM, Internet, etc. En las grabaciones musicales debe figurar el Depósito Legal.

Las Comunicaciones a congresos publicadas en los medios especificados en el baremo y debidamente
justificadas se valorarán con 0,05 (Dividido por el nº de autores. Mínimo 0.025).

6.2.: Se valorará como mérito tanto la obtención de premios en proyectos de investigación o innovación
de ámbito autonómico, nacional o internacional convocados por el Ministerio de Educación y Formación
Profesional o por las Administraciones educativas de las Comunidades Autónomas en el ámbito de la

educación, como la simple participación en proyectos de investigación o innovación de esta naturaleza
aunque no sean objeto de presentación en certámenes con la finalidad de ser premiados, convocados por
el Ministerio de Educación y Formación Profesional o por las Administraciones Educativas de las
Comunidades Autónomas y de acuerdo con la siguiente escala:

Apartado 6.2.



Internacionales

1,5

Autonómico

0,5

Nacionales

1

Proyectos de





investigación o

1

0,6

0,6

0,25

0,10

0,75

0,5

innovación
0,5
0,1

En ningún caso se tomarán en consideración las horas que figuren en la documentación correspondiente.
No obstante, la participación en proyectos de investigación e innovación se aportará de oficio por la

Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional siempre que los mismos figuren inscritos en el
Registro de Formación Permanente del Profesorado de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la

fecha en la que finalice el plazo de presentación de instancias. En el caso de que tales actividades se hayan

realizado en el ámbito de gestión de otras administraciones educativas, la documentación justificativa

deberá indicar de manera expresa que tales proyectos están calificados de “investigación y/o innovación”.
Por este subapartado únicamente se valorarán los premios otorgados a los proyectos expresamente

calificados de innovación presentados por los participantes bien de forma individual o colectiva. En ningún
caso, serán objeto de valoración por este subapartado los premios concedidos a los centros educativos ni
a los alumnos aunque los proyectos premiados sean coordinados por uno o más docentes.

Debe tenerse presente que en el subapartado 6.2 se engloban dos situaciones: los premios y la
participación en proyectos, hayan sido éstos premiados o no. En el caso de que el proyecto haya sido

premiado sólo se le reconocerá puntuación por el premio. (Se baremará de la forma que resulte más
ventajosa para el concursante).