Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Concurso De Traslados. (2023063914)
Resolución de 15 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario docente de los cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en sectores singulares de la Formación Profesional Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Músicas y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros.
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NÚMERO 220

58195

Jueves 16 de noviembre de 2023

MÉRITOS

VALORACIÓN

DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS
1002/2010, de 5 de agosto, sobre

expedición de títulos universitarios

oficiales (BOE de 6 de agosto). En todos

los casos se deberá aportar asimismo
certificación académica personal de

todos los títulos que se aleguen como
mérito así como del que sirvió para

ingresar en el cuerpo, donde conste de

forma expresa que se han superado
todas

las

asignaturas

conducentes para la
dichos títulos.

o

créditos

obtención de

3.2.2. Titulaciones de primer ciclo.
Fotocopia de todos los títulos que se

Por la segunda y restantes diplomaturas,

ingenierías

técnicas,

arquitecturas

posean (incluido el que sirvió para

técnicas o títulos declarados legalmente
equivalentes

y

por

los

estudios

correspondientes al primer ciclo de una
licenciatura,

arquitectura

ingeniería………………………………

o

En el caso de personal funcionario
docente del subgrupo A2, no se valorará

por este apartado, en ningún caso, el
primer

título

o

estudios

naturaleza que se presente.

de

esta

En el caso de personal funcionario
docente

del

subgrupo

A1,

no

se

valorarán por este apartado, en ningún
caso, el título o estudios de esta

naturaleza que hayan sido necesarios

superar para la obtención del primer
título

de

licenciado,

ingeniero

arquitecto que se presente.

o

No se valorarán los primeros ciclos que
hayan permitido la obtención de otras
titulaciones académicas de ciclo largo
que se aleguen como méritos.

ingresar en el cuerpo) o certificado del
3,0000 puntos

abono de los derechos de expedición
expedida de acuerdo con lo previsto en

la Orden de 8 de julio de 1988 (BOE del

13). En todos los casos se deberá
aportar

asimismo

certificación

académica personal de todos los títulos
o ciclos que se aleguen como mérito así
como del que sirvió para ingresar en el

cuerpo, donde conste de forma expresa
que

se

han

superado

todas

las

asignaturas o créditos conducentes
para la obtención de dichos títulos o
ciclos.