Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Concurso De Traslados. (2023063914)
Resolución de 15 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario docente de los cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en sectores singulares de la Formación Profesional Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Músicas y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros.
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NÚMERO 220
Jueves 16 de noviembre de 2023

58168

El personal funcionario docente será responsable de reunir los requisitos exigidos para
la participación en esta convocatoria y de disponer de la documentación que así lo
acredita, comprometiéndose a mantener el cumplimiento de estas obligaciones durante el período de tiempo inherente al reconocimiento del derecho o ejercicio obtenido,
sin perjuicio de la posibilidad por parte de la Administración de requerirle en cualquier
momento la documentación original tal y como se establece en el artículo 69.1 de la ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial en cualquier dato o documento,
conllevará la pérdida de todos los derechos derivados de este proceso, con independencia de las responsabilidades a que hubiere lugar, conforme dispone el artículo 69.4 de
la citada Ley.
14.2. Plazo de presentación de solicitudes y retirada de documentación.
a) El plazo de presentación de solicitudes y documentos será desde el día 16 de noviembre
al 7 de diciembre de 2023, ambos inclusive.
Concluido el plazo previsto en el párrafo anterior, no se admitirá ninguna solicitud, modificación alguna a las peticiones formuladas, ni documentación referida a los méritos
aportados, así como tampoco renuncias a la participación salvo lo establecido en la base
decimoctava.
b) Las personas participantes que hayan presentado documentación para la justificación
de los méritos alegados podrán retirarla por sí mismas o por persona debidamente autorizada, en la Dirección General de Personal Docente, durante el mes de septiembre de
2024, siempre que no esté pendiente de resolución ningún recurso en vía administrativa
o judicial. Si la documentación no se retirase en el plazo señalado, se entenderá que la
persona participante renuncia a su recuperación, decayendo, por tanto, en su derecho
a ello.
14.3. Garantía de confidencialidad.
La Dirección General de Personal Docente velará por la confidencialidad, integridad y salvaguardia de la información, datos y documentos presentados por las personas interesadas.
14.4. Derechos preferentes.
Para ejercer el derecho preferente previsto en la base duodécima, las personas participantes
deberán cumplimentar todos y cada uno de los apartados de la solicitud de participación necesarios para el ejercicio del mismo.