Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Concurso De Traslados. (2023063914)
Resolución de 15 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario docente de los cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en sectores singulares de la Formación Profesional Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Músicas y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros.
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NÚMERO 220
Jueves 16 de noviembre de 2023
58166
Todas las solicitudes deberán ser cumplimentadas a través de la aplicación informática,
no siendo válidas aquellas que no lo sean por este medio.
La solicitud deberá cumplimentarse de forma electrónica, firmada y registrada mediante el uso de certificado electrónico. No se admitirá ninguna solicitud que no haya sido
cumplimentada y generada a través de la aplicación informática puesta a disposición en
la ruta especificada en esta base.
La solicitud, se considerará presentada y registrada en el momento en que se haya
completado todo el proceso telemático, debiendo las personas participantes guardar el
justificante de registro generado como confirmación de dicha presentación.
En el supuesto de que la persona participante registre más de una instancia relativa a
un mismo cuerpo docente, se considerará válida la última de ellas registrada dentro del
plazo establecido.
b) Documentación necesaria para la acreditación de los méritos.
Las personas solicitantes deberán anexar de forma digital en el momento de cumplimentar la solicitud la documentación justificativa de cada mérito de conformidad con lo
previsto en la presente resolución y los anexos contenidos en la misma. A estos efectos,
los documentos habrán de ser escaneados en formato PDF con un tamaño máximo de
2 megabyte (MB) por cada documento.
Si a la fecha de registro de la solicitud no se dispusiera -por razón debidamente justificada- de alguna documentación, será necesario incorporar documento justificativo
correspondiente de la petición de dicho documento a la entidad a la que corresponda
su expedición, con indicación de estar pendiente de dicha documentación. Una vez se
disponga de ella, podrá ser incorporada en el periodo correspondiente a la subsanación
de la documentación acreditativa de los méritos aportados a que se refiere la base decimosexta.
Aun cuando se concurse por más de una especialidad en un mismo cuerpo, los participantes presentarán telemáticamente una única solicitud junto con la documentación
justificativa necesaria de conformidad con lo previsto en la presente resolución y los
anexos contenidos en la misma.
Por otro lado, aquellos concursantes que perteneciendo a varios cuerpos docentes deseen participar por varios de ellos, presentarán una solicitud y la documentación acreditativa de los méritos por cada uno de los cuerpos por los que participe. Por lo tanto,
aquellos docentes integrados en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria
Jueves 16 de noviembre de 2023
58166
Todas las solicitudes deberán ser cumplimentadas a través de la aplicación informática,
no siendo válidas aquellas que no lo sean por este medio.
La solicitud deberá cumplimentarse de forma electrónica, firmada y registrada mediante el uso de certificado electrónico. No se admitirá ninguna solicitud que no haya sido
cumplimentada y generada a través de la aplicación informática puesta a disposición en
la ruta especificada en esta base.
La solicitud, se considerará presentada y registrada en el momento en que se haya
completado todo el proceso telemático, debiendo las personas participantes guardar el
justificante de registro generado como confirmación de dicha presentación.
En el supuesto de que la persona participante registre más de una instancia relativa a
un mismo cuerpo docente, se considerará válida la última de ellas registrada dentro del
plazo establecido.
b) Documentación necesaria para la acreditación de los méritos.
Las personas solicitantes deberán anexar de forma digital en el momento de cumplimentar la solicitud la documentación justificativa de cada mérito de conformidad con lo
previsto en la presente resolución y los anexos contenidos en la misma. A estos efectos,
los documentos habrán de ser escaneados en formato PDF con un tamaño máximo de
2 megabyte (MB) por cada documento.
Si a la fecha de registro de la solicitud no se dispusiera -por razón debidamente justificada- de alguna documentación, será necesario incorporar documento justificativo
correspondiente de la petición de dicho documento a la entidad a la que corresponda
su expedición, con indicación de estar pendiente de dicha documentación. Una vez se
disponga de ella, podrá ser incorporada en el periodo correspondiente a la subsanación
de la documentación acreditativa de los méritos aportados a que se refiere la base decimosexta.
Aun cuando se concurse por más de una especialidad en un mismo cuerpo, los participantes presentarán telemáticamente una única solicitud junto con la documentación
justificativa necesaria de conformidad con lo previsto en la presente resolución y los
anexos contenidos en la misma.
Por otro lado, aquellos concursantes que perteneciendo a varios cuerpos docentes deseen participar por varios de ellos, presentarán una solicitud y la documentación acreditativa de los méritos por cada uno de los cuerpos por los que participe. Por lo tanto,
aquellos docentes integrados en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria