Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Concurso De Traslados. (2023063914)
Resolución de 15 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario docente de los cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en sectores singulares de la Formación Profesional Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Músicas y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros.
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NÚMERO 220
Jueves 16 de noviembre de 2023
58159
E
n ningún caso, la falta de presentación de solicitud de participación o de peticiones
de centros por algún funcionario en prácticas, comportará alteración en la adjudicación de destinos al resto de personal funcionario en prácticas de su cuerpo y especialidad con arreglo al orden en que figure en la resolución por la que se le haya
nombrado personal funcionario en prácticas y en sus modificaciones y con arreglo a
las peticiones formuladas. La Administración suplirá las peticiones de centros del funcionariado que no presente solicitud de participación con la búsqueda, y en su caso
adjudicación, de plazas vacantes de su cuerpo y especialidad siguiendo el orden en el
que los centros aparecen publicados en los anexos correspondientes y respetando la
prelación para la adjudicación de destinos que resulte de la resolución por la que se
le haya nombrado personal funcionario en prácticas.
E
n el caso de no obtener destino definitivo se le declarará pendiente de destino
provisional.
L
a toma de posesión de este personal funcionario estará supeditada a la superación
de la fase de prácticas y a su nombramiento como personal funcionario de carrera.
S
e procederá a anular la adjudicación de destino definitivo a aquel personal funcionario que interrumpa la fase de prácticas sin poder finalizar las mismas o sea declarado
no apto en su realización, quedando en situación de destino provisional y estando
obligado a participar en el siguiente concurso de traslados que se convoque.
g) Personal funcionario docente que ha superado el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos en los diferentes
cuerpos docentes convocados mediante Resolución de 14 de noviembre de 2022 de
la Dirección General de Personal Docente (DOE número 222, de 18 de noviembre de
2022).
A
l personal funcionario incluido en este apartado, si participando no solicita suficiente
número de centros o si no participa en el presente concurso, se le destinará forzosamente siempre que exista vacante en centros de dicho ámbito. Para ello se atenderá
a la prelación de las provincias manifestada o al orden en el que los centros aparecen
publicados en los anexos correspondientes.
E
l personal del Cuerpo de Maestros no podrá ser destinado de oficio por una especialidad distinta a la de ingreso en el cuerpo.
A
l personal funcionario incluido en este apartado que no presente documentación
justificativa de los méritos contemplados en el anexo I, se le valorarán de oficio los
previstos en la base decimoquinta adjudicándosele el destino que corresponda con
arreglo a la puntuación obtenida.
Jueves 16 de noviembre de 2023
58159
E
n ningún caso, la falta de presentación de solicitud de participación o de peticiones
de centros por algún funcionario en prácticas, comportará alteración en la adjudicación de destinos al resto de personal funcionario en prácticas de su cuerpo y especialidad con arreglo al orden en que figure en la resolución por la que se le haya
nombrado personal funcionario en prácticas y en sus modificaciones y con arreglo a
las peticiones formuladas. La Administración suplirá las peticiones de centros del funcionariado que no presente solicitud de participación con la búsqueda, y en su caso
adjudicación, de plazas vacantes de su cuerpo y especialidad siguiendo el orden en el
que los centros aparecen publicados en los anexos correspondientes y respetando la
prelación para la adjudicación de destinos que resulte de la resolución por la que se
le haya nombrado personal funcionario en prácticas.
E
n el caso de no obtener destino definitivo se le declarará pendiente de destino
provisional.
L
a toma de posesión de este personal funcionario estará supeditada a la superación
de la fase de prácticas y a su nombramiento como personal funcionario de carrera.
S
e procederá a anular la adjudicación de destino definitivo a aquel personal funcionario que interrumpa la fase de prácticas sin poder finalizar las mismas o sea declarado
no apto en su realización, quedando en situación de destino provisional y estando
obligado a participar en el siguiente concurso de traslados que se convoque.
g) Personal funcionario docente que ha superado el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos en los diferentes
cuerpos docentes convocados mediante Resolución de 14 de noviembre de 2022 de
la Dirección General de Personal Docente (DOE número 222, de 18 de noviembre de
2022).
A
l personal funcionario incluido en este apartado, si participando no solicita suficiente
número de centros o si no participa en el presente concurso, se le destinará forzosamente siempre que exista vacante en centros de dicho ámbito. Para ello se atenderá
a la prelación de las provincias manifestada o al orden en el que los centros aparecen
publicados en los anexos correspondientes.
E
l personal del Cuerpo de Maestros no podrá ser destinado de oficio por una especialidad distinta a la de ingreso en el cuerpo.
A
l personal funcionario incluido en este apartado que no presente documentación
justificativa de los méritos contemplados en el anexo I, se le valorarán de oficio los
previstos en la base decimoquinta adjudicándosele el destino que corresponda con
arreglo a la puntuación obtenida.