Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio. Ayudas. (2023063864)
Extracto de la Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2024 de ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior.
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NÚMERO 219
58061
Miércoles 15 de noviembre de 2023
g) Publicidad en el exterior, incluyendo campañas promocionales y publicitarias en medios
digitales internacionales.
h) P
resentaciones de productos, desfiles, demostraciones técnicas y talleres en vivo, así
como otras acciones promocionales tanto de carácter presencial como virtual en los
mercados de destino.
i) Consultoría para la internacionalización digital y posicionamiento orgánico SEO internacional.
j) Modificación, ampliación y reforma de la página web.
k) Material promocional en formato digital enfocado a mercados exteriores.
En cualquier caso, la inversión mínima subvencionable habrá de alcanzar la cantidad de 1.000
euros (IVA excluido).
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda se iniciará a partir del día siguiente de la
publicación de la convocatoria y el presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura y
finalizará el 30 de septiembre de 2024, o en su caso hasta el agotamiento del crédito presupuestario.
Séptimo. Otros.
Las ayudas previstas en el decreto se hallan acogidas al régimen de mínimis, sujetándose a
lo establecido en el Reglamento (UE) 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013,
relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea a las ayudas de mínimis (DOUE L 352, de 24 de diciembre), no pudiendo superar la
ayuda total de mínimis la cantidad de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
Mérida, 30 de octubre de 2023.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN
58061
Miércoles 15 de noviembre de 2023
g) Publicidad en el exterior, incluyendo campañas promocionales y publicitarias en medios
digitales internacionales.
h) P
resentaciones de productos, desfiles, demostraciones técnicas y talleres en vivo, así
como otras acciones promocionales tanto de carácter presencial como virtual en los
mercados de destino.
i) Consultoría para la internacionalización digital y posicionamiento orgánico SEO internacional.
j) Modificación, ampliación y reforma de la página web.
k) Material promocional en formato digital enfocado a mercados exteriores.
En cualquier caso, la inversión mínima subvencionable habrá de alcanzar la cantidad de 1.000
euros (IVA excluido).
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda se iniciará a partir del día siguiente de la
publicación de la convocatoria y el presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura y
finalizará el 30 de septiembre de 2024, o en su caso hasta el agotamiento del crédito presupuestario.
Séptimo. Otros.
Las ayudas previstas en el decreto se hallan acogidas al régimen de mínimis, sujetándose a
lo establecido en el Reglamento (UE) 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013,
relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea a las ayudas de mínimis (DOUE L 352, de 24 de diciembre), no pudiendo superar la
ayuda total de mínimis la cantidad de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
Mérida, 30 de octubre de 2023.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN