Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Delegación De Competencias. Delegación De Firma. (2023063857)
Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma.
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NÚMERO 218
Martes 14 de noviembre de 2023
II
57593
AUTORIDADES Y PERSONAL
1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
RESOLUCIÓN de 8 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de
Educación y Formación Profesional, sobre delegación de determinadas
competencias y delegación de firma. (2023063857)
Mediante Decreto de la Presidenta 16/2023, de 21 de julio, se modifican la denominación y las
competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y se determina que la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional ejercerá las competencias de política educativa y formación profesional, las de política
universitaria y las de ciencia, tecnología e innovación.
Por otra parte, el Decreto 77/2023, de 21 de julio, establece la estructura orgánica básica
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, determinando el número,
denominación y competencias de los órganos directivos que conforman la Presidencia de la
Junta de Extremadura y sus distintas Consejerías.
Vistas las competencias atribuidas a la Secretaría General en el artículo 58 de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, en el artículo 2 del Decreto 237/2023, de 12 de septiembre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional (DOE extraordinario núm. 3, de 16 de septiembre) se recogen las competencias de la
Secretaría General, en el artículo 7 del Decreto 4/1990, de 23 de enero, sobre atribución de
competencias en materia de personal, en el Decreto 149/2013, de 6 de agosto, por el que se
regulan la jornada y horarios de trabajo, los permisos y vacaciones del personal funcionario
al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el Decreto
25/1994, de 22 de febrero, por el que se desarrolla el régimen de la Tesorería y Coordinación
Presupuestaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura y, ante la vacante existente en
la Secretaría General y mientras dure tal circunstancia, por Resolución de 6 de noviembre de
2023, de la Consejera, se dispone la suplencia de la persona titular de la Secretaría General
por la persona titular de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional (DOE
núm. 214, de 8 de noviembre).
Martes 14 de noviembre de 2023
II
57593
AUTORIDADES Y PERSONAL
1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
RESOLUCIÓN de 8 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de
Educación y Formación Profesional, sobre delegación de determinadas
competencias y delegación de firma. (2023063857)
Mediante Decreto de la Presidenta 16/2023, de 21 de julio, se modifican la denominación y las
competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y se determina que la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional ejercerá las competencias de política educativa y formación profesional, las de política
universitaria y las de ciencia, tecnología e innovación.
Por otra parte, el Decreto 77/2023, de 21 de julio, establece la estructura orgánica básica
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, determinando el número,
denominación y competencias de los órganos directivos que conforman la Presidencia de la
Junta de Extremadura y sus distintas Consejerías.
Vistas las competencias atribuidas a la Secretaría General en el artículo 58 de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, en el artículo 2 del Decreto 237/2023, de 12 de septiembre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional (DOE extraordinario núm. 3, de 16 de septiembre) se recogen las competencias de la
Secretaría General, en el artículo 7 del Decreto 4/1990, de 23 de enero, sobre atribución de
competencias en materia de personal, en el Decreto 149/2013, de 6 de agosto, por el que se
regulan la jornada y horarios de trabajo, los permisos y vacaciones del personal funcionario
al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el Decreto
25/1994, de 22 de febrero, por el que se desarrolla el régimen de la Tesorería y Coordinación
Presupuestaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura y, ante la vacante existente en
la Secretaría General y mientras dure tal circunstancia, por Resolución de 6 de noviembre de
2023, de la Consejera, se dispone la suplencia de la persona titular de la Secretaría General
por la persona titular de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional (DOE
núm. 214, de 8 de noviembre).