Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063804)
Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Roturación de terrenos de pastizal para su puesta en cultivo y transformación en cereal de secano en una superficie de 12,0005 ha en la finca Dehesa de Capela", cuya promotora es D.ª Victoria Salomé Carande Herrero, en los términos municipales de Almendral y Badajoz (Badajoz). Expte.: IA22/0052.
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NÚMERO 217
Lunes 13 de noviembre de 2023
57306
RESOLUCIÓN de 31 de octubre de 2023, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto "Roturación de terrenos de pastizal para su puesta en cultivo y
transformación en cereal de secano en una superficie de 12,0005 ha en la
finca Dehesa de Capela", cuya promotora es D.ª Victoria Salomé Carande
Herrero, en los términos municipales de Almendral y Badajoz (Badajoz).
Expte.: IA22/0052. (2023063804)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de roturación de terrenos de pastizal para su puesta en cultivo y transformación en
cereal de secano en una superficie de 12,0005 ha en la finca Dehesa de Capela, a ejecutar en
el polígono 2, parcela 1 del término municipal de Almendral y en el polígono 97, parcela 8, del
término municipal de Badajoz (Badajoz), es encuadrable en el grupo 1, apartado d) del anexo
V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y en el grupo I, apartado d) “Proyectos para destinar áreas naturales, seminaturales o incultas a la explotación agrícola que no estén incluidos en el anexo I, cuya superficie sea
superior a 10 ha” del anexo II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
La promotora del proyecto es D.ª Victoria Salomé Carande Herrero.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativa al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad (en adelante, DGS) de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1
del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto
77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto.
Según lo indicado en el documento ambiental el objeto del proyecto es la roturación de
terrenos de uso de pastos para su puesta en cultivo y transformación en cereal de secano
Lunes 13 de noviembre de 2023
57306
RESOLUCIÓN de 31 de octubre de 2023, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto "Roturación de terrenos de pastizal para su puesta en cultivo y
transformación en cereal de secano en una superficie de 12,0005 ha en la
finca Dehesa de Capela", cuya promotora es D.ª Victoria Salomé Carande
Herrero, en los términos municipales de Almendral y Badajoz (Badajoz).
Expte.: IA22/0052. (2023063804)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de roturación de terrenos de pastizal para su puesta en cultivo y transformación en
cereal de secano en una superficie de 12,0005 ha en la finca Dehesa de Capela, a ejecutar en
el polígono 2, parcela 1 del término municipal de Almendral y en el polígono 97, parcela 8, del
término municipal de Badajoz (Badajoz), es encuadrable en el grupo 1, apartado d) del anexo
V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y en el grupo I, apartado d) “Proyectos para destinar áreas naturales, seminaturales o incultas a la explotación agrícola que no estén incluidos en el anexo I, cuya superficie sea
superior a 10 ha” del anexo II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
La promotora del proyecto es D.ª Victoria Salomé Carande Herrero.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativa al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad (en adelante, DGS) de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1
del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto
77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto.
Según lo indicado en el documento ambiental el objeto del proyecto es la roturación de
terrenos de uso de pastos para su puesta en cultivo y transformación en cereal de secano