Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0082)
Acuerdo de 27 de junio de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Trujillanos.
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NÚMERO 217
Lunes 13 de noviembre de 2023

Capítulo 4.

57433

SUELO URBANO. DIVISIÓN NORMATIVA.

Artículo 3.4.01.- Zonificación. Zonas de ordenación urbanística.
Atendiendo a las condiciones particulares de las características actuales del suelo clasificado
como suelo urbano, referentes a su morfología urbana y grado de consolidación, así como a los
efectos de regulación de las condiciones de edificación y de uso que el Plan General asigna a
cada área homogénea, se distinguen las siguientes áreas normativas o zonas de ordenación
urbanística (ZOU), delimitadas gráficamente en los planos de Ordenación OE-2A:
* Zona de manzana tradicional (MT): Comprende la zona central del suelo urbano y coincide en
general con parte de la anterior zona residencial. Para esta área de suelo urbano consolidado,
en la que se localizan los edificios de mayor interés arquitectónico del núcleo, el Plan General
propone la preservación de la estructura urbana y tipología edificatoria existentes, a través de
actuaciones tendentes a la recuperación o recomposición morfológica, así como la protección
de las tipologías de mayor interés.
.* Zonas de manzana compacta (MC): Corresponde a aquellas áreas en que se han producido
los crecimientos de uso residencial del núcleo, situadas al norte de la carretera N-V. Con la
excepción de algunas dotaciones públicas, las tipologías de la edificación presentan cierta
homogeneidad, con predominio de la vivienda unifamiliar en hilera, en conjuntos unitarios,
muchos de ellos de promoción pública; o en forma de autopromoción. Coinciden básicamente
con parte de la zona residencial y con la de viviendas de promoción pública del anterior
planeamiento. El Plan General propone el mantenimiento de la estructura urbana y edificatoria
general alcanzada.
* Zonas de desarrollo residencial (ZDR): Coincide en general con los desarrollos residenciales
previstos por el anterior planeamiento en las zonas sur y norte del núcleo (antiguas UA-2 y UA-6),
en las que el Plan propone el mantenimiento de la ordenación urbanística, y en algunos casos,
una nueva ordenación.
* Zonas de desarrollo industrial (ZDI): Coinciden con los desarrollos industriales parcialmente
consolidados existentes en el sur del núcleo, al margen del planeamiento. El Plan propone para
estas zonas una nueva ordenación urbanística.
* Zona industrial intensiva (ZII): Son las áreas constituidas por terrenos al noreste del núcleo
urbano ocupadas por usos industriales en tipologías adosadas. Coincide con la zona industrial y
de servicios del anterior planeamiento.
* Zona dotacional de equipamientos (ZE).
Comprende, además de los distintos terrenos ocupados por los equipamientos públicos o
privados existentes, así como los reservados para los de nueva creación. Coinciden con los
terrenos situados junto a la Charca, al norte del núcleo urbano, en los que en la actualidad se
ubican el polideportivo, el campo de fútbol, el centro de día y otros edificios dotacionales, así
como los terrenos situados en la zona oriental, donde se ubican la piscina municipal y el
albergue turístico.