Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063798)
Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Renovación de la línea aérea de media tensión 20 kV "4855-1-Aldeacentenera" entre el apoyo n.º 2212 y el CT "Hijoncillo (903302476)"", a realizar en los términos municipales de Torrecillas de la Tiesa y Trujillo (Cáceres), cuya promotora es I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA22/0925.
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NÚMERO 216
Viernes 10 de noviembre de 2023
56967
— Con fecha de 13 de octubre de 2022, el Ayuntamiento de Trujillo emite informe urbanístico favorable del proyecto.
Indican que en los aspectos relativos al uso, protección, aprovechamiento y de las obras
que se planteen para la creación de accesos, paralelismos, ocupaciones o cruzamiento
con conducciones, que afecten a caminos públicos del término municipal de Trujillo, se
aplicará el régimen recogido en la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura
sobre infraestructuras Viarias, debiendo ser en todo caso compatibles con la circulación
o tránsito y no limitar su seguridad y comodidad, y autorizados expresamente por la
Administración Titular.
Indican también que la promotora del proyecto será el responsable de reponer los
terrenos, elementos e infraestructuras existentes que puedan verse afectados por las
obras, no pudiendo suponer estas un menoscabo de sus condiciones de seguridad y uso
a la finalización de las mismas. Será responsable de cualquier daño y perjuicio que se
produzca como consecuencia de la realización de los trabajos.
— Con fecha de 17 de octubre de 2022, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural emite informe en el que indica que, dada la cercanía de la instalación
prevista respecto a varios elementos de naturaleza arqueológica y a la amplia superficie
abarcada por la zona de estudio y de cara a caracterizar posibles afecciones del proyecto
sobre el patrimonio arqueológico no detectado en superficie que pudiera verse afectado
durante el transcurso de las obras, se deberán llevar a cabo una serie de medidas preventivas, con carácter previo a la ejecución de las obras, las cuales serán incluidas en
el condicionado del presente informe de impacto ambiental.
— Con fecha de 19 de octubre de 2022, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y
Áreas Protegidas emite informe en el que indica que la actividad solicitada se localiza
fuera de la Red Natura 2000 y de otras Áreas Protegidas de Extremadura. No obstante, parte del trazado de la línea se encuentra a menos de 1 km de la Zona de Especial
Protección de Aves (ZEPA) “Riveros del Almonte” (ES0000356), coincidente con la Zona
Especial de Conservación (ZEC) “Río Almonte” (ES4320018) y a menos de 2 km de la
Zona de Especial Protección de Aves (ZEPA) “Monfragüe y las Dehesas del Entorno”
(ES0000014), coincidente con la Zona Especial de Conservación (ZEC) “Monfragüe”
(ES4320077) y con la Reserva de la Biosfera “Monfragüe” (MAB 10).
Este Servicio informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de
afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén
afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan
las medidas establecidas en su informe, las cuales serán incluidas en el condicionado
del presente informe de impacto ambiental.
Viernes 10 de noviembre de 2023
56967
— Con fecha de 13 de octubre de 2022, el Ayuntamiento de Trujillo emite informe urbanístico favorable del proyecto.
Indican que en los aspectos relativos al uso, protección, aprovechamiento y de las obras
que se planteen para la creación de accesos, paralelismos, ocupaciones o cruzamiento
con conducciones, que afecten a caminos públicos del término municipal de Trujillo, se
aplicará el régimen recogido en la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura
sobre infraestructuras Viarias, debiendo ser en todo caso compatibles con la circulación
o tránsito y no limitar su seguridad y comodidad, y autorizados expresamente por la
Administración Titular.
Indican también que la promotora del proyecto será el responsable de reponer los
terrenos, elementos e infraestructuras existentes que puedan verse afectados por las
obras, no pudiendo suponer estas un menoscabo de sus condiciones de seguridad y uso
a la finalización de las mismas. Será responsable de cualquier daño y perjuicio que se
produzca como consecuencia de la realización de los trabajos.
— Con fecha de 17 de octubre de 2022, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural emite informe en el que indica que, dada la cercanía de la instalación
prevista respecto a varios elementos de naturaleza arqueológica y a la amplia superficie
abarcada por la zona de estudio y de cara a caracterizar posibles afecciones del proyecto
sobre el patrimonio arqueológico no detectado en superficie que pudiera verse afectado
durante el transcurso de las obras, se deberán llevar a cabo una serie de medidas preventivas, con carácter previo a la ejecución de las obras, las cuales serán incluidas en
el condicionado del presente informe de impacto ambiental.
— Con fecha de 19 de octubre de 2022, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y
Áreas Protegidas emite informe en el que indica que la actividad solicitada se localiza
fuera de la Red Natura 2000 y de otras Áreas Protegidas de Extremadura. No obstante, parte del trazado de la línea se encuentra a menos de 1 km de la Zona de Especial
Protección de Aves (ZEPA) “Riveros del Almonte” (ES0000356), coincidente con la Zona
Especial de Conservación (ZEC) “Río Almonte” (ES4320018) y a menos de 2 km de la
Zona de Especial Protección de Aves (ZEPA) “Monfragüe y las Dehesas del Entorno”
(ES0000014), coincidente con la Zona Especial de Conservación (ZEC) “Monfragüe”
(ES4320077) y con la Reserva de la Biosfera “Monfragüe” (MAB 10).
Este Servicio informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de
afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén
afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan
las medidas establecidas en su informe, las cuales serán incluidas en el condicionado
del presente informe de impacto ambiental.