Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Transporte Por Carretera. Ayudas. (2023063684)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión directa de ayudas destinadas a la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 215
Jueves 9 de noviembre de 2023

56876

2. L
 a determinación de la cuantía en aquellas categorías para las que el importe viene fijado
por el número de trabajadores de la empresa, se contabilizará la plantilla media en situación de alta en el régimen general de la seguridad social en el periodo de los 12 meses
anteriores desde la solicitud de la ayuda, así como los autónomos/as societarios/as que
declare la empresa.
Para los autónomos/as, computan:


a. El/la autónomo/a empleador/a.



b. La plantilla media en situación de alta en el régimen general de la Seguridad Social
en el periodo indicado.



c. Autónomos/as colaboradores/as que declare el autónomo/a.

Para el resto de las empresas, computan:


a. La plantilla media en situación de alta en el régimen general de la seguridad social
en el periodo indicado.



b. Autónomos/as societarios/as que declare la empresa.

3. L
 a determinación de la cuantía en aquellas categorías para las que el importe viene fijado
por el número de vehículos de la empresa, se contabilizará el número de vehículos en el
momento de la solicitud de la ayuda.
Decimoquinto. Medio de notificación.
La resolución del procedimiento se notificará a las personas interesadas de acuerdo con lo
previsto en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Decimosexto. Publicidad de la convocatoria y de las subvenciones concedidas.
1. L
 a presente convocatoria, así como su extracto, se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura, sin perjuicio de la publicidad derivada de la comunicación de la convocatoria a la
Base de Datos Nacional de Subvenciones, prevista en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de conformidad con los criterios de publicidad previstos en el artículo 10.2 del Real Decreto 902/2022.