Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2023063813)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación de la Resolución de 28 de septiembre de 2020 por la que se establece la convocatoria de subvenciones para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial en Extremadura.
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NÚMERO 215
56828
Jueves 9 de noviembre de 2023
sejo Europeo de Ministros de Energía de reducción del consumo de energía eléctrica, hacen
que las actuaciones de ahorro y eficiencia energética en la industria, como mayor consumidor
de energía, sean estratégicas para la consecución de los objetivos marcados y la competitividad de las empresas, por lo que mediante el Real Decreto 406/2023, de 29 de mayo, se
modificó el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, dando una nueva redacción a su artículo
12.1 estableciendo la vigencia prevista para el programa de ayudas hasta el 30 de junio de
2024 o, en su caso, se agote el presupuesto.
Por todo lo anterior, se procede a la modificación del apartado quinto del Extracto de la Resolución de 28 de septiembre de 2020, que quedará redactado de la siguiente manera:
“El plazo de presentación de solicitudes se establece desde el día siguiente de la publicación
de la convocatoria y del extracto de la misma a que se refiere el artículo 16 q) de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura en
el Diario Oficial de Extremadura, y se extenderá hasta el agotamiento de los fondos o hasta
la conclusión de la vigencia del actual programa que se producirá el 30 de junio de 2024.
No serán admitidas a trámite, sin posibilidad de subsanación y procediéndose a su archivo,
las solicitudes presentadas con fecha posterior al 30 de junio de 2024”.
Mérida, 31 de octubre de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA CONCEPCIÓN MONTERO
GÓMEZ
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Jueves 9 de noviembre de 2023
sejo Europeo de Ministros de Energía de reducción del consumo de energía eléctrica, hacen
que las actuaciones de ahorro y eficiencia energética en la industria, como mayor consumidor
de energía, sean estratégicas para la consecución de los objetivos marcados y la competitividad de las empresas, por lo que mediante el Real Decreto 406/2023, de 29 de mayo, se
modificó el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, dando una nueva redacción a su artículo
12.1 estableciendo la vigencia prevista para el programa de ayudas hasta el 30 de junio de
2024 o, en su caso, se agote el presupuesto.
Por todo lo anterior, se procede a la modificación del apartado quinto del Extracto de la Resolución de 28 de septiembre de 2020, que quedará redactado de la siguiente manera:
“El plazo de presentación de solicitudes se establece desde el día siguiente de la publicación
de la convocatoria y del extracto de la misma a que se refiere el artículo 16 q) de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura en
el Diario Oficial de Extremadura, y se extenderá hasta el agotamiento de los fondos o hasta
la conclusión de la vigencia del actual programa que se producirá el 30 de junio de 2024.
No serán admitidas a trámite, sin posibilidad de subsanación y procediéndose a su archivo,
las solicitudes presentadas con fecha posterior al 30 de junio de 2024”.
Mérida, 31 de octubre de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA CONCEPCIÓN MONTERO
GÓMEZ
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