Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Transporte Por Carretera. Ayudas. (2023063822)
Extracto de la Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión directa de ayudas destinadas a la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 215
Jueves 9 de noviembre de 2023

56911

EXTRACTO de la Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Secretaría
General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión directa de
ayudas destinadas a la modernización de empresas privadas de transporte de
viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas
privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera en la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia. (2023063822)
BDNS(Identif.):724898
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/).
Primero. Personas beneficiarias.
1. Serán destinatarias últimas de las ayudas a las actuaciones reguladas en el artículo 19 del
Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, por el que se aprueba la concesión directa, a las
comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, de ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte
por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por
carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado
por la Unión Europea- Next Generation EU, siempre que tengan su residencia fiscal en Extremadura, tanto las personas jurídicas privadas que se incluyan en la definición de pyme
de acuerdo con lo establecido en el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión,
de 17 de junio de 2014, como las personas físicas, cuando, en ambos casos, cumplan alguna de las siguientes condiciones:
a) Sean titulares de alguna de las siguientes autorizaciones en vigor a la fecha de solicitud
de las ayudas:


1.º Una autorización de transporte público de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 toneladas de masa
máxima, identificada con la clave MDPE.



2.º Una autorización de transporte público discrecional de viajeros en autobús, identificada con la clave VDE.



3.º Una autorización de transporte público de mercancías, habilitante para hacer transporte con vehículos de hasta 3,5 toneladas de masa máxima, identificada con la
clave MDLE.