Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063773)
Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas superficiales del río Guadiana por el Canal de las Dehesas, con destino a riego de una superficie de 38,05 ha", en la finca "Las Conejunas", en el término municipal de Logrosán (Cáceres). Expte.: IA18/1393.
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NÚMERO 214
Miércoles 8 de noviembre de 2023
56588
RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2023, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
proyecto de "Concesión de aguas superficiales del río Guadiana por el Canal
de las Dehesas, con destino a riego de una superficie de 38,05 ha", en la finca
"Las Conejunas", en el término municipal de Logrosán (Cáceres). Expte.:
IA18/1393. (2023063773)
El proyecto de Concesión de aguas superficiales del río Guadiana por el Canal de las Dehesas,
con destino a riego de una superficie de 38,05 ha, en la finca “Las Conejunas”, en el término
municipal de Logrosán (Cáceres), pertenece al anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificada por la Ley
5/2022, de 25 de noviembre, dada su inclusión en el grupo 9 “Otros Proyectos”, epígrafe
a) “Los siguientes proyectos cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red
Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la
Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad:”, apartado
1.º “Proyectos de transformación en regadío o de avenamiento de terrenos, cuando afecten
a una superficie mayor de 10 ha”, y en el anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre de
evaluación ambiental. En dicha normativa se establece la obligación de formular declaración
de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la
realización, o en su caso, autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas
en el citado anexo.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad (en adelante, DGS) de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
14.6 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente declaración de impacto ambiental analiza los principales elementos considerados
en la evaluación ambiental practicada: el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) y
el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas.
A) Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1. Promotor y órgano sustantivo del proyecto.
El promotor del proyecto es Alimentos y Confituras, SL, con CIF B-06028328 y domicilio
social en avda. Constitución, 60, 06640 de Talarrubias (Badajoz).
La autorización administrativa de la concesión de aguas, así como las actuaciones en dominio público hidráulico, corresponden a la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Miércoles 8 de noviembre de 2023
56588
RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2023, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
proyecto de "Concesión de aguas superficiales del río Guadiana por el Canal
de las Dehesas, con destino a riego de una superficie de 38,05 ha", en la finca
"Las Conejunas", en el término municipal de Logrosán (Cáceres). Expte.:
IA18/1393. (2023063773)
El proyecto de Concesión de aguas superficiales del río Guadiana por el Canal de las Dehesas,
con destino a riego de una superficie de 38,05 ha, en la finca “Las Conejunas”, en el término
municipal de Logrosán (Cáceres), pertenece al anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificada por la Ley
5/2022, de 25 de noviembre, dada su inclusión en el grupo 9 “Otros Proyectos”, epígrafe
a) “Los siguientes proyectos cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red
Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la
Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad:”, apartado
1.º “Proyectos de transformación en regadío o de avenamiento de terrenos, cuando afecten
a una superficie mayor de 10 ha”, y en el anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre de
evaluación ambiental. En dicha normativa se establece la obligación de formular declaración
de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la
realización, o en su caso, autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas
en el citado anexo.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad (en adelante, DGS) de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
14.6 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente declaración de impacto ambiental analiza los principales elementos considerados
en la evaluación ambiental practicada: el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) y
el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas.
A) Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1. Promotor y órgano sustantivo del proyecto.
El promotor del proyecto es Alimentos y Confituras, SL, con CIF B-06028328 y domicilio
social en avda. Constitución, 60, 06640 de Talarrubias (Badajoz).
La autorización administrativa de la concesión de aguas, así como las actuaciones en dominio público hidráulico, corresponden a la Confederación Hidrográfica del Guadiana.