Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Notificaciones. (2023081598)
Anuncio de 2 de noviembre de 2023 por el que se da publicidad a los requerimientos de subsanación y mejora de solicitudes de la convocatoria de ayudas destinadas al fomento de la utilización de biocombustibles (leña de quercíneas), en el secado tradicional del pimiento para pimentón en la comarca de La Vera y algunos municipios de comarcas limítrofes, en la Comunidad Autónoma de Extremadura para la campaña 2022/2023, presentadas al amparo de la Resolución de 17 de julio de 2023, publicada en el DOE núm.159, de 18 de agosto de 2023.
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NÚMERO 214
Miércoles 8 de noviembre de 2023
V
56634
ANUNCIOS
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
ANUNCIO de 2 de noviembre de 2023 por el que se da publicidad a los
requerimientos de subsanación y mejora de solicitudes de la convocatoria de
ayudas destinadas al fomento de la utilización de biocombustibles (leña de
quercíneas), en el secado tradicional del pimiento para pimentón en la comarca
de La Vera y algunos municipios de comarcas limítrofes, en la Comunidad
Autónoma de Extremadura para la campaña 2022/2023, presentadas al
amparo de la Resolución de 17 de julio de 2023, publicada en el DOE núm.
159, de 18 de agosto de 2023. (2023081598)
Mediante Orden de 17 de mayo 2023 (DOE número 97, de 23 de mayo) se establecen las
bases reguladoras para la concesión ayudas destinadas al fomento de la utilización de biocombustibles (leña de quercíneas), en el secado tradicional del pimiento para pimentón en la
comarca de La Vera y algunos municipios de comarcas limítrofes, en la Comunidad Autónoma
de Extremadura y para la campaña 2022/2023, fue abierta la convocatoria por la Resolución
de 17 de julio de 2023, publicada en el DOE núm. 159, de 18 de agosto de 2023.
La citada orden menciona la publicación en el BOE de 31 de marzo el Real Decreto 203/2021,
de 30 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos, de carácter básico en la mayor parte de sus preceptos, que
ha entrado igualmente en vigor el 2 de abril pasado.
En este sentido, el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece el derecho y la obligación de las
personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica de relacionarse electrónicamente
con las Administraciones Públicas en cualquiera clase de procedimientos, entre los que habrán
de incluirse necesariamente los procedimientos para la obtención de subvenciones.
Es por ello por lo que la tramitación de las subvenciones y ayudas, cuando las personas beneficiarias sean personas jurídicas deberá practicarse por medios telemáticos y no mediante la
presentación física de las solicitudes a través de los correspondientes registros, así como los
actos de comunicación y notificaciones. Además, y conforme a lo previsto en el artículo 14.3
de la Ley 39/2015, se establece también esta obligación para las personas físicas.
Una vez examinada la documentación obrante en los expedientes, se requiere a los interesados relacionados en el anexo adjunto, para que, en el plazo improrrogable de 10 días hábiles a
Miércoles 8 de noviembre de 2023
V
56634
ANUNCIOS
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
ANUNCIO de 2 de noviembre de 2023 por el que se da publicidad a los
requerimientos de subsanación y mejora de solicitudes de la convocatoria de
ayudas destinadas al fomento de la utilización de biocombustibles (leña de
quercíneas), en el secado tradicional del pimiento para pimentón en la comarca
de La Vera y algunos municipios de comarcas limítrofes, en la Comunidad
Autónoma de Extremadura para la campaña 2022/2023, presentadas al
amparo de la Resolución de 17 de julio de 2023, publicada en el DOE núm.
159, de 18 de agosto de 2023. (2023081598)
Mediante Orden de 17 de mayo 2023 (DOE número 97, de 23 de mayo) se establecen las
bases reguladoras para la concesión ayudas destinadas al fomento de la utilización de biocombustibles (leña de quercíneas), en el secado tradicional del pimiento para pimentón en la
comarca de La Vera y algunos municipios de comarcas limítrofes, en la Comunidad Autónoma
de Extremadura y para la campaña 2022/2023, fue abierta la convocatoria por la Resolución
de 17 de julio de 2023, publicada en el DOE núm. 159, de 18 de agosto de 2023.
La citada orden menciona la publicación en el BOE de 31 de marzo el Real Decreto 203/2021,
de 30 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos, de carácter básico en la mayor parte de sus preceptos, que
ha entrado igualmente en vigor el 2 de abril pasado.
En este sentido, el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece el derecho y la obligación de las
personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica de relacionarse electrónicamente
con las Administraciones Públicas en cualquiera clase de procedimientos, entre los que habrán
de incluirse necesariamente los procedimientos para la obtención de subvenciones.
Es por ello por lo que la tramitación de las subvenciones y ayudas, cuando las personas beneficiarias sean personas jurídicas deberá practicarse por medios telemáticos y no mediante la
presentación física de las solicitudes a través de los correspondientes registros, así como los
actos de comunicación y notificaciones. Además, y conforme a lo previsto en el artículo 14.3
de la Ley 39/2015, se establece también esta obligación para las personas físicas.
Una vez examinada la documentación obrante en los expedientes, se requiere a los interesados relacionados en el anexo adjunto, para que, en el plazo improrrogable de 10 días hábiles a