Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063738)
Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas superficiales del río Guadiana por el Canal de las Dehesas, con destino a riego de 57,4563 hectáreas de olivar en la finca "Sandín", en el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz)". Expte.: IA21/1370.
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NÚMERO 213
Martes 7 de noviembre de 2023



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7. L
 as edificaciones asociadas al proyecto de ejecución deberán integrarse paisajísticamente mediante el empleo de materiales acordes al entorno, con una tipología de
construcción rural tradicional y evitando el uso de materiales reflectantes, colores
vivos o brillantes en cubierta o paramentos exteriores.



8. L
 os residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen durante la ejecución
del proyecto, se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso lo establecido en el Real
Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de
los residuos de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero,
por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los
residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.



9. L
 as medidas de integración, restauración y revegetación deberán estar ejecutadas
antes de 6 meses desde la finalización de las obras. En relación con las plantaciones, al estar sujetas a épocas de plantación, condicionantes climáticos, etc., se
ejecutarán en el primer periodo de plantación una vez finalizadas las obras. Dichas
plantaciones estarán sujetas al seguimiento de su viabilidad y por tanto a posibles
reposiciones de marras posteriores.

D.3. Medidas en la fase de explotación.


1. L
 a transformación a regadío se ajustará a lo indicado en la versión definitiva del EsIA,
afectando a una superficie total de 57,4563 ha, ubicadas en las parcelas 123, 128 y
136 del polígono 10 y parcela 12 del polígono 11 del término municipal de Puebla de
Alcocer (Badajoz). Con un consumo hídrico anual total para el cultivo de 180.738,38
m3 /año.



2. E
 n ningún caso se añadirán productos agroquímicos (fitosanitarios, fertilizantes, herbicidas, etc.) directamente al agua acumulada en la balsa de regulación.



3. E
 l grupo electrógeno se instalará en el interior de un cubeto de retención impermeabilizado, al objeto de recoger posibles fugas accidentales de combustible y/o
lubricante.

E. Conclusión de la evaluación de las repercusiones sobre la Red Natura 2000.
Visto el informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la
Dirección General de Sostenibilidad (CN22/2267/17) y, analizadas las características y
ubicación del proyecto, se considera que no es susceptible de afectar de forma apreciable
a los lugares de la Red Natura 2000, siempre que se cumplan las condiciones incluidas en
el informe.