Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063738)
Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas superficiales del río Guadiana por el Canal de las Dehesas, con destino a riego de 57,4563 hectáreas de olivar en la finca "Sandín", en el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz)". Expte.: IA21/1370.
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NÚMERO 213
Martes 7 de noviembre de 2023
56425
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
proyecto de "Concesión de aguas superficiales del río Guadiana por el Canal
de las Dehesas, con destino a riego de 57,4563 hectáreas de olivar en la finca
"Sandín", en el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz)". Expte.:
IA21/1370. (2023063738)
El proyecto de “Concesión de aguas superficiales del río Guadiana por el Canal de las Dehesas,
con destino a riego de 57,4563 hectáreas de olivar en la finca “Sandín”, en el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz)”, pertenece al grupo 1 “Silvicultura, agricultura, ganadería
y acuicultura” epígrafe b) “Proyectos de gestión o transformación de regadío con inclusión de
proyectos de avenamientos de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor a 100 ha o
de 10 ha cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas
protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13
de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad” del anexo IV de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En dicha normativa se establece la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con
carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso,
autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas en el citado anexo.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad (en adelante DGS) de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.6
del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente declaración de impacto ambiental analiza los principales elementos considerados
en la evaluación ambiental practicada: el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA),
el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como documentación
complementaria aportada por el promotor.
A. Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1. Promotor y órgano sustantivo del proyecto.
La promotora del proyecto de “Concesión de aguas superficiales del río Guadiana por el Canal de las Dehesas, con destino a riego de 57,4563 hectáreas de olivar en la finca “Sandín”,
en el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz)” es D.ª Remedios Gómez García.
Martes 7 de noviembre de 2023
56425
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
proyecto de "Concesión de aguas superficiales del río Guadiana por el Canal
de las Dehesas, con destino a riego de 57,4563 hectáreas de olivar en la finca
"Sandín", en el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz)". Expte.:
IA21/1370. (2023063738)
El proyecto de “Concesión de aguas superficiales del río Guadiana por el Canal de las Dehesas,
con destino a riego de 57,4563 hectáreas de olivar en la finca “Sandín”, en el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz)”, pertenece al grupo 1 “Silvicultura, agricultura, ganadería
y acuicultura” epígrafe b) “Proyectos de gestión o transformación de regadío con inclusión de
proyectos de avenamientos de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor a 100 ha o
de 10 ha cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas
protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13
de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad” del anexo IV de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En dicha normativa se establece la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con
carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso,
autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas en el citado anexo.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad (en adelante DGS) de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.6
del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente declaración de impacto ambiental analiza los principales elementos considerados
en la evaluación ambiental practicada: el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA),
el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como documentación
complementaria aportada por el promotor.
A. Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1. Promotor y órgano sustantivo del proyecto.
La promotora del proyecto de “Concesión de aguas superficiales del río Guadiana por el Canal de las Dehesas, con destino a riego de 57,4563 hectáreas de olivar en la finca “Sandín”,
en el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz)” es D.ª Remedios Gómez García.