Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Producción Integrada. (2023050193)
Orden de 31 de octubre de 2023 por la que se aprueba la norma técnica específica de producción integrada del cultivo del cáñamo industrial en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 213
Martes 7 de noviembre de 2023
56252
II.3.2. Prácticas prohibidas.
a) Recepcionar cáñamo que no tenga su correspondiente declaración de conformidad
que acredite que ha sido obtenido bajo los requisitos de Producción Integrada.
b) Mezclar tipos de producción en cualquier momento del transporte, recepción, procesado y almacenamiento.
c) Almacenar productos químicos, residuos o desechos en la zona de recepción del cáñamo.
d) Recepcionar cáñamo con síntomas de plagas, enfermedad, suciedad y/o deterioro
que comprometa la manipulación y la calidad del producto final.
II.4. Condiciones de las instalaciones.
II.4.1. Prácticas obligatorias.
a) Los locales, zonas y espacios destinados a la manipulación del cáñamo estarán adecuadamente separados de los locales destinados a otros usos.
b) Las líneas de procesado se deberán limpiar completamente de producto de origen
distinto a Producción Integrada, antes de proceder a la obtención de cáñamo amparado por esta norma.
c) Deberá quedar claramente definido el intervalo de tiempo durante el cual se obtendrá
cada tipo de producto esté o no acogido a Producción Integrada, lo cual debe ser
conocido por todo el personal implicado en el proceso.
d) La superficie de los suelos y paredes deben encontrarse en buen estado, pavimentadas, de fácil limpieza y desinfección, utilizando materiales impermeables no absorbentes, lavables y no tóxicos.
e) Las máquinas y herramientas deben estar en buen estado y seguras, con los medios
de protección adecuados y almacenadas en un lugar adecuado.
f) Los elementos utilizados en la manipulación del producto, separación de fibras, tamizado y transporte serán de materiales inertes.
g) Disponer de mecanismos y protectores en separadores y tamices que impidan la
incorporación al producto de materiales extraños.
h) Se establecerá un programa donde se registrará e identificará las condiciones de limpieza efectuada, así como del mantenimiento periódico de las distintas fases que compongan las instalaciones: recepción, separación de fibras, tamizado, almacén, etc.
Martes 7 de noviembre de 2023
56252
II.3.2. Prácticas prohibidas.
a) Recepcionar cáñamo que no tenga su correspondiente declaración de conformidad
que acredite que ha sido obtenido bajo los requisitos de Producción Integrada.
b) Mezclar tipos de producción en cualquier momento del transporte, recepción, procesado y almacenamiento.
c) Almacenar productos químicos, residuos o desechos en la zona de recepción del cáñamo.
d) Recepcionar cáñamo con síntomas de plagas, enfermedad, suciedad y/o deterioro
que comprometa la manipulación y la calidad del producto final.
II.4. Condiciones de las instalaciones.
II.4.1. Prácticas obligatorias.
a) Los locales, zonas y espacios destinados a la manipulación del cáñamo estarán adecuadamente separados de los locales destinados a otros usos.
b) Las líneas de procesado se deberán limpiar completamente de producto de origen
distinto a Producción Integrada, antes de proceder a la obtención de cáñamo amparado por esta norma.
c) Deberá quedar claramente definido el intervalo de tiempo durante el cual se obtendrá
cada tipo de producto esté o no acogido a Producción Integrada, lo cual debe ser
conocido por todo el personal implicado en el proceso.
d) La superficie de los suelos y paredes deben encontrarse en buen estado, pavimentadas, de fácil limpieza y desinfección, utilizando materiales impermeables no absorbentes, lavables y no tóxicos.
e) Las máquinas y herramientas deben estar en buen estado y seguras, con los medios
de protección adecuados y almacenadas en un lugar adecuado.
f) Los elementos utilizados en la manipulación del producto, separación de fibras, tamizado y transporte serán de materiales inertes.
g) Disponer de mecanismos y protectores en separadores y tamices que impidan la
incorporación al producto de materiales extraños.
h) Se establecerá un programa donde se registrará e identificará las condiciones de limpieza efectuada, así como del mantenimiento periódico de las distintas fases que compongan las instalaciones: recepción, separación de fibras, tamizado, almacén, etc.