Servicio Extremeño De Salud. Nombramientos. (2023063750)
Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se deja sin efecto el nombramiento como personal estatutario fijo en el proceso selectivo para el acceso de personas con discapacidad en la categoría de Pinche en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, al aspirante que se relaciona y con la finalidad de cubrir todas las plazas convocadas por Resolución de 13 de diciembre de 2021, se acuerda el nombramiento de personal estatutario fijo y se adjudica la plaza que ha quedado vacante.
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NÚMERO 212
Lunes 6 de noviembre de 2023

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nes no se incorporen a su destino en dicho plazo, salvo causa justificada, así apreciada por
la Dirección General de Recursos Humanos”. Añadiendo su apartado 4, que “en ningún caso
este supuesto supondrá el llamamiento de los aspirantes que hayan sido nombrados anteriormente”.
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Recursos Humanos del Servicio
Extremeño de Salud, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
RESUELVE:
Primero. Declarar el decaimiento de la aspirante que se relaciona en el anexo I en su derecho
a obtener la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Pinche con discapacidad
intelectual, por no haber tomado posesión de la plaza adjudicada en la fecha establecida al
efecto, quedando sin efecto su nombramiento en el proceso selectivo mencionado en esta
resolución.
Segundo. Nombrar personal estatutario fijo en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud en la categoría Pinche de discapacidad intelectual al aspirante que se relaciona
en el anexo II, adjudicándole la plaza que ha resultado vacante.
Tercero. El aspirante nombrado deberá incorporarse a la plaza adjudicada el martes, día 14
de noviembre de 2023.
La toma de posesión se efectuará en la Gerencia del Área de Salud a la que esté adscrita la
plaza adjudicada.
Cuarto. La falta de incorporación en la fecha determinada, cuando sea imputable al interesado y no responda a causas justificadas, producirá el decaimiento de su derecho a obtener la
condición de personal estatutario fijo como consecuencia del proceso selectivo, quedando sin
efecto su nombramiento.
Quinto. Aquellos aspirantes que, por coincidencia en el tiempo de procesos selectivos en
distintos Servicios de Salud, hubieran superado más de un proceso selectivo en la misma categoría y/o especialidad en su caso, deberán presentar renuncia expresa de su nombramiento
en otro Servicio de Salud para acceder a la condición de personal estatutario fijo del Servicio
Extremeño de Salud, decayendo, en caso contrario, en su derecho al nombramiento en este
último Servicio. La citada renuncia debe ser en fecha anterior a la de la toma de posesión en
el Servicio Extremeño de Salud.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente de con-