Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063737)
Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental de la "Instalación de almacenamiento y gestión de residuos no peligrosos y taller de reparación y reciclaje de palés", cuya promotora es Natuyser, SL, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA23/0311.
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NÚMERO 211
Viernes 3 de noviembre de 2023
55932
— Fauna y vegetación.
Dado que se trata de una industria ubicada en un polígono industrial, no se prevé
afección significativa sobre la fauna y la vegetación.
— Paisaje.
Las actuaciones asociadas a la industria no conllevarán una modificación significativa
de la calidad visual del entorno.
— Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
Durante la fase de construcción del proyecto la calidad del aire se verá afectada por
la emisión difusa de partículas de polvo y emisiones gaseosas a la atmósfera y se
generará ruido, en todos los casos producidos por el funcionamiento de la maquinaria y movimientos de tierra. Las medidas preventivas y correctoras habituales para
este tipo de obras disminuyen el impacto causado. En la fase de funcionamiento el
impacto sobre la calidad del aire es mínimo, lo mismo que el ruido y la contaminación
lumínica.
— Patrimonio arqueológico y dominio público.
Se deberá tener en cuenta la medida correctora general, contemplada en el artículo
54 de la Ley 2/1999 de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, que se incluye en el condicionado de este informe de impacto ambiental.
— Vulnerabilidad del proyecto.
El promotor incluye un anexo de “Análisis de Vulnerabilidad del Proyecto frente a
accidentes graves y/o catástrofes” en el documento ambiental, de conformidad con
lo estipulado en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley
21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en el que se estudia la vulnerabilidad del proyecto frente a accidentes graves, analizando riesgos derivados de
emisiones de sustancias peligrosas y riesgos de incendios derivados del proyecto.
Así mismo se estudia la vulnerabilidad del proyecto frente a catástrofes, analizando
riesgos geológicos, meteorológicos, hidrológicos e incendios forestales.
Asimismo, recoge certificados suscritos por el titular de la actividad de no aplicación
de RD 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control
de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias
peligrosas y RD 1836/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento
sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas.
Viernes 3 de noviembre de 2023
55932
— Fauna y vegetación.
Dado que se trata de una industria ubicada en un polígono industrial, no se prevé
afección significativa sobre la fauna y la vegetación.
— Paisaje.
Las actuaciones asociadas a la industria no conllevarán una modificación significativa
de la calidad visual del entorno.
— Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
Durante la fase de construcción del proyecto la calidad del aire se verá afectada por
la emisión difusa de partículas de polvo y emisiones gaseosas a la atmósfera y se
generará ruido, en todos los casos producidos por el funcionamiento de la maquinaria y movimientos de tierra. Las medidas preventivas y correctoras habituales para
este tipo de obras disminuyen el impacto causado. En la fase de funcionamiento el
impacto sobre la calidad del aire es mínimo, lo mismo que el ruido y la contaminación
lumínica.
— Patrimonio arqueológico y dominio público.
Se deberá tener en cuenta la medida correctora general, contemplada en el artículo
54 de la Ley 2/1999 de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, que se incluye en el condicionado de este informe de impacto ambiental.
— Vulnerabilidad del proyecto.
El promotor incluye un anexo de “Análisis de Vulnerabilidad del Proyecto frente a
accidentes graves y/o catástrofes” en el documento ambiental, de conformidad con
lo estipulado en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley
21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en el que se estudia la vulnerabilidad del proyecto frente a accidentes graves, analizando riesgos derivados de
emisiones de sustancias peligrosas y riesgos de incendios derivados del proyecto.
Así mismo se estudia la vulnerabilidad del proyecto frente a catástrofes, analizando
riesgos geológicos, meteorológicos, hidrológicos e incendios forestales.
Asimismo, recoge certificados suscritos por el titular de la actividad de no aplicación
de RD 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control
de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias
peligrosas y RD 1836/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento
sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas.