Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023063708)
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación de fabricación de carbón vegetal, cuyo promotor es José Manuel Chaves Venegas, en el término municipal de Jerez de los Caballeros.
31 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 211

55808

Viernes 3 de noviembre de 2023

la atmosfera para las principales actividades industriales potencialmente contaminadoras
de la atmosfera del Decreto 833/1975, de 6 de febrero, por el que se desarrolla la ley
38/1972, de 22 de diciembre, de protección del ambiente atmosférico, para los siguientes
contaminantes al aire:
CONTAMINANTE

VLE

Partículas totales.

150 mg/Nm3

Óxidos de nitrógeno, NOX (expresados como dióxido de nitrógeno, NO2)
Dióxido de azufre, SO2

300 ppm
4.300 mg/Nm3

Monóxido de carbono, CO

500 ppm

En su caso, el titular deberá instalar los sistemas de depuración de los humos precisos para
cumplir estos valores límite de emisión, como, por ejemplo, ciclones o filtros.
Estos valores límite de emisión serán valores medios, medidos siguiendo las prescripciones establecidas en el apartado -h-. Además, están expresados en unidades de masa de
contaminante emitidas por unidad de volumen total de gas residual liberado expresado en
metros cúbicos medidos en condiciones normales de presión y temperatura (101,3 kPa y
273 K), previa corrección del contenido en vapor de agua.
Durante el funcionamiento de estos focos, los gases residuales deberán expulsarse por la
chimenea. No pudiendo producirse emisión de gases residuales de forma difusa o través
de otros conductos distintos a la chimenea.
No se permite el empleo como combustible de madera tratada. Por ejemplo, madera tratada mediante productos químicos para prolongar su vida útil y atrasar su putrefacción.
6. L
 as chimeneas deberán contar con las siguientes alturas mínimas:

Focos

Altura mínima de la chimenea
desde el suelo por la clasificación
del foco, m

Altura mínima de la chimenea desde el suelo,
según la Orden de 18/10/1976 y el proyecto
presentado, m

1a3

4

7 m (metros según proyecto presentado)

La ubicación de las chimeneas deberá ser tal que las naves u otros obstáculos cercanos no
dificulten la dispersión de la emisión.