Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2023063643)
Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Dirección Gerencia, de concesión de ayudas solicitadas al amparo del Decreto 170/2022, de 30 de diciembre, por el que se regula el programa "Un Autónomo-Un Empleo" destinado a la contratación por cuenta ajena de una persona desempleada por parte de una persona trabajadora autónoma, se establecen las bases reguladoras de las ayudas y se aprueba la primera convocatoria del Programa I (DOE de 14 de febrero de 2023, núm. 31).
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NÚMERO 209
Martes 31 de octubre de 2023
55389
RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2023, de la Dirección Gerencia, de concesión
de ayudas solicitadas al amparo del Decreto 170/2022, de 30 de diciembre,
por el que se regula el programa "Un Autónomo-Un Empleo" destinado a la
contratación por cuenta ajena de una persona desempleada por parte de una
persona trabajadora autónoma, se establecen las bases reguladoras de las
ayudas y se aprueba la primera convocatoria del Programa I (DOE de 14 de
febrero de 2023, núm. 31). (2023063643)
Vista la propuesta de resolución se formula resolución en base a los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
Único. Las personas beneficiarias que se relacionan en el anexo adjunto a la presente resolución, solicitaron en tiempo y forma al amparo de lo dispuesto en el Decreto 170/2022, de
30 de diciembre, en la forma prevista en los arts. 14, 31 y 32, subvención por el Programa
I: Personas trabajadoras por cuenta propia a título individual, encuadradas en el Régimen
Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para resolver el presente procedimiento corresponde a la Dirección
Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo a tenor de lo establecido en el artículo 16
del Decreto 170/2022, de 30 de diciembre. Dicha competencia se ejerce a través del titular
de la Secretaría General de Empleo conforme a lo establecido en el Decreto 77/2023, de 21
de julio (DOE núm. 145, de 28 de julio) por el que se establece la estructura orgánica básica
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 234/2023, de
12 de septiembre (DOE extraordinario núm. 3, de 16 de septiembre de 2023).
Segundo. Queda acreditado expresamente que las personas solicitantes reúnen los requisitos exigidos en el Decreto 170/2022, de 30 de diciembre, en atención a las siguientes circunstancias concurrentes:
— Solicitud instada durante la vigencia de la convocatoria aprobada y dentro del plazo
establecido en el artículo 32 del Decreto 170/2022, de 30 de diciembre.
— A la fecha de inicio de las contrataciones, las personas solicitantes tenían cumplidos
dieciocho años, desarrollan su actividad económica en Extremadura; declaran responsablemente no haber realizado en su empresa una reducción de plantilla durante los
Martes 31 de octubre de 2023
55389
RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2023, de la Dirección Gerencia, de concesión
de ayudas solicitadas al amparo del Decreto 170/2022, de 30 de diciembre,
por el que se regula el programa "Un Autónomo-Un Empleo" destinado a la
contratación por cuenta ajena de una persona desempleada por parte de una
persona trabajadora autónoma, se establecen las bases reguladoras de las
ayudas y se aprueba la primera convocatoria del Programa I (DOE de 14 de
febrero de 2023, núm. 31). (2023063643)
Vista la propuesta de resolución se formula resolución en base a los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
Único. Las personas beneficiarias que se relacionan en el anexo adjunto a la presente resolución, solicitaron en tiempo y forma al amparo de lo dispuesto en el Decreto 170/2022, de
30 de diciembre, en la forma prevista en los arts. 14, 31 y 32, subvención por el Programa
I: Personas trabajadoras por cuenta propia a título individual, encuadradas en el Régimen
Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para resolver el presente procedimiento corresponde a la Dirección
Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo a tenor de lo establecido en el artículo 16
del Decreto 170/2022, de 30 de diciembre. Dicha competencia se ejerce a través del titular
de la Secretaría General de Empleo conforme a lo establecido en el Decreto 77/2023, de 21
de julio (DOE núm. 145, de 28 de julio) por el que se establece la estructura orgánica básica
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 234/2023, de
12 de septiembre (DOE extraordinario núm. 3, de 16 de septiembre de 2023).
Segundo. Queda acreditado expresamente que las personas solicitantes reúnen los requisitos exigidos en el Decreto 170/2022, de 30 de diciembre, en atención a las siguientes circunstancias concurrentes:
— Solicitud instada durante la vigencia de la convocatoria aprobada y dentro del plazo
establecido en el artículo 32 del Decreto 170/2022, de 30 de diciembre.
— A la fecha de inicio de las contrataciones, las personas solicitantes tenían cumplidos
dieciocho años, desarrollan su actividad económica en Extremadura; declaran responsablemente no haber realizado en su empresa una reducción de plantilla durante los