Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063672)
Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Construcción de alojamiento turístico y cuadra de caballos", cuyo promotor es D. Luis Largo Álvarez, en el término municipal de Aldea del Cano (Cáceres). Expte.: IA22/1242.
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NÚMERO 209
Martes 31 de octubre de 2023
55318
diciones para la instalación, modificación y reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Referente al consumo de agua, según documentación aportada por el promotor se
indica que, el abastecimiento de agua se realizará a través de un pozo existente, el
promotor cuenta con autorización de la CHT relativa a una inscripción de un aprovechamiento de aguas subterráneas, no obstante si se decidiera en algún momento
realizar otro abastecimiento de aguas directamente del dominio público hidráulico
distinto, deberá disponer de un título concesional de aguas previo al empleo de las
mismas, cuyo otorgamiento corresponde a la CHT.
— Cumplimiento de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados
para una economía circular.
— Se cumplirá con la normativa de ruidos, el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de
Reglamentación de Ruidos y Vibraciones de Extremadura y Real Decreto 1367/2007,
de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del
Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
b. Medidas en fase de construcción.
— Se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando
la entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales y evitando establecer en ellos los parques de maquinaria o material de rechazo
y acopios.
— Se pondrán en marcha cuantas medidas sean necesarias para evitar la erosión y la
pérdida de suelo fértil. Los movimientos de tierra serán los estrictamente necesarios;
se asegurará la estabilidad de los taludes reduciendo sus pendientes; deberá existir
una planificación de los drenajes de las aguas pluviales y escorrentías.
— Se procederá a la restitución morfológica y descompactación de los terrenos afectados por las obras y explanaciones previstas, principalmente mediante el aporte de
tierra vegetal, previamente apartada y acopiada en las fases iniciales de obra.
— No se acumularán tierras, escombros, ni cualquier otro material de obra o residuo
en zonas próximas a los cauces (distancia mínima de 5 metros), ni interfiriendo en
la red natural de drenaje, para evitar su arrastre al lecho en el caso de lluvia o escorrentía superficial.
Martes 31 de octubre de 2023
55318
diciones para la instalación, modificación y reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Referente al consumo de agua, según documentación aportada por el promotor se
indica que, el abastecimiento de agua se realizará a través de un pozo existente, el
promotor cuenta con autorización de la CHT relativa a una inscripción de un aprovechamiento de aguas subterráneas, no obstante si se decidiera en algún momento
realizar otro abastecimiento de aguas directamente del dominio público hidráulico
distinto, deberá disponer de un título concesional de aguas previo al empleo de las
mismas, cuyo otorgamiento corresponde a la CHT.
— Cumplimiento de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados
para una economía circular.
— Se cumplirá con la normativa de ruidos, el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de
Reglamentación de Ruidos y Vibraciones de Extremadura y Real Decreto 1367/2007,
de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del
Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
b. Medidas en fase de construcción.
— Se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando
la entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales y evitando establecer en ellos los parques de maquinaria o material de rechazo
y acopios.
— Se pondrán en marcha cuantas medidas sean necesarias para evitar la erosión y la
pérdida de suelo fértil. Los movimientos de tierra serán los estrictamente necesarios;
se asegurará la estabilidad de los taludes reduciendo sus pendientes; deberá existir
una planificación de los drenajes de las aguas pluviales y escorrentías.
— Se procederá a la restitución morfológica y descompactación de los terrenos afectados por las obras y explanaciones previstas, principalmente mediante el aporte de
tierra vegetal, previamente apartada y acopiada en las fases iniciales de obra.
— No se acumularán tierras, escombros, ni cualquier otro material de obra o residuo
en zonas próximas a los cauces (distancia mínima de 5 metros), ni interfiriendo en
la red natural de drenaje, para evitar su arrastre al lecho en el caso de lluvia o escorrentía superficial.