Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Ganadería. Ayudas. (2023040355)
Extracto de la convocatoria incorporada al Decreto 260/2023, de 3 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el establecimiento y mantenimiento de los programas de cría de razas ganaderas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se convocan las ayudas para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 207
Viernes 27 de octubre de 2023

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y mantenimiento de los programas de cría de razas ganaderas autóctonas españolas, en la
Comunidad Autónoma de Extremadura y se convocan las ayudas para el ejercicio 2023.
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas serán financiadas con cargo a la aplicación presupuestaria 120020000
G/312B/47000 FR23700502, código de proyecto 20230335 con una dotación inicial para la
anualidad 2023 de un millón doscientos sesenta mil euros (1.260.000,00 €), cofinanciado
en un 75 % por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) dentro del Plan estratégico de la PAC 2023-2027, en la Intervención 6505.2 “Actividades de conservación de
recursos genéticos NO SIGC”, siendo el resto cofinanciado por la Junta de Extremadura y el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Si las disponibilidades presupuestarias lo permiten, podrá aumentarse hasta un 20% de la
cuantía inicial, o hasta la cuantía que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia
de una generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables,
siempre antes de resolver la concesión de las mismas sin necesidad de abrir una nueva convocatoria.
La cuantía máxima de las ayudas para las actuaciones orientadas a la conservación, caracterización, recopilación y utilización de recursos genéticos en la ganadería, será la siguiente:
— 100% gastos subvencionables en las actuaciones de gestión de los libros genealógicos.
— 70% gastos subvencionables en las actuaciones de Implantación y desarrollo del programa de mejora (conservación y/o selección) oficialmente reconocido para la raza.
— 100% gastos subvencionables relativos a actuaciones de los programas de difusión de
la mejora.
Siendo los valores máximos de subvención por Asociación:
—
Para los gastos comprendidos dentro de la gestión de libros genealógicos será de
80.000,00 euros.
— Para los gastos comprendidos dentro de las actuaciones de implantación y desarrollo del
programa de mejora será de 50.000,00 euros.
— Para los gastos comprendidos dentro de las actuaciones de los programas de difusión de
la mejora será de 30.000,00 euros.