Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Ganadería. Ayudas. (2023040348)
Decreto 260/2023, de 3 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el establecimiento y mantenimiento de los programas de cría de razas ganaderas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se convocan las ayudas para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 207

54579

Viernes 27 de octubre de 2023

ANEXO II

A 11005458
Código de identificación

Decreto 260/2023, de 3 de octubre, por el que se por la que establecen las bases
reguladoras de las ayudas para el establecimiento y mantenimiento de los
programas de cría de razas ganaderas autóctonas españolas, en la Comunidad
Autónoma de Extremadura y se convocan las ayudas para el ejercicio 2023.



LIBRO GENEALÓGICO



PROGRAMAS DE CRÍA



PROGRAMAS DE DIFUSIÓN

D/Dª _____________________________________________________________, con
N.I.F.____________, sexo:  hombre  mujer, con domicilio a efecto de notificaciones
en _________________________________________________________, nº _______
piso _____ puerta _____, del Municipio de ___________________________________
Provincia _______________________ CP _______ Tfno. _______________________
E-mail _____________________________________________________, actuando en
representación de la asociación/organización ______________________________
__________________________________________________________________ con
N.I.F ________________ y teléfono (de la asociación) _________________
PRESENTA justificación a que se refiere el artículo de la Decreto 260/2023, de 3 de
octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el
establecimiento y mantenimiento de los programas de cría de razas ganaderas
autóctonas españolas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se convocan las
ayudas para el ejercicio 2023. Ejercicio _________, para el pago de la referida ayuda
consistente en la siguiente documentación justificativa:



Memoria justificativa del cumplimiento de las actuaciones desarrolladas durante la
anualidad correspondiente, aportando los justificantes que procedan y firmada por
el personal técnico responsable del proyecto y por la representación de la entidad.
Se tendrá que especificar, entre otros datos: el número de inscripciones realizadas
en el libro genealógico, el estado final del mismo y en su caso, el número de
controles de rendimientos o morfológicos realizados, el número de genotipados, el
material en bancos de germoplasma y las actuaciones zootécnicas realizadas.



Certificación emitida por una auditoría independiente inscrita en el Registro Oficial
de Auditores de Cuentas, del Ministerio de Economía y Competitividad (ROAC), en
la que se verifique el cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión
de la subvención y la acreditación del cumplimiento del pago de los gastos de las
actuaciones realizadas, atendiendo a la Orden EHA/1434/2007, de 17 de mayo, por
la que se aprueba la norma de actuación de los auditores de cuentas en la
realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones, en
el ámbito del sector público estatal, conforme al artículo 11 de las bases
reguladoras. Asimismo, verificará e informará, cualitativa y cuantitativamente de:
-

La información relativa a los gastos ejecutados de manera detallada y a las
facturas presentadas (fecha de emisión de la factura, fecha del servicio
prestado, NIF, número de factura, empresa emisora, concepto, totales,
importe sin IVA, IVA, importe con IVA), contratos, nóminas y cotizaciones a
la Seguridad Social y justificantes de ingreso correspondientes al IRPF.