Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Normas Subsidiarias. (2023AC0078)
Acuerdo de 16 de febrero de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 12 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Villar del Rey, para adaptar el planeamiento urbanístico a la realidad existente en el ámbito de la UA-5 y en el entorno del campo de fútbol y del pabellón, como consecuencia de las obras que se han realizado en el municipio en los últimos años.
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NÚMERO 206
Jueves 26 de octubre de 2023
54462
de uso residencial. Además, existe una discrepancia entre el plano P1 “Clasificación del
suelo y áreas protegidas”, y los planos P2 “Clasificación de suelo, ordenanzas y catálogo”, y P3 “Clasificación del suelo, alineaciones y unidades de actuación”, en relación al
límite del suelo urbano. Con esta modificación se pretende adaptar la ordenación a la
realidad existente, eliminando el vial ocupado por el pabellón, por carecer de sentido
su ejecución, una vez construido éste, y cambiar el uso de todos los terrenos situados
en el entorno del campo de fútbol, de propiedad municipal a dotacional. Además, se
propone rectificar el límite de suelo urbano de manera que el pabellón quede dentro de
dicho límite, y exista concordancia entre los planos de las NNSS mencionados.
Superposición de ortofoto y NNSS. Fuente IDEEXTREMADURA. (*) El campo de fútbol aparece tramado por error
como zona verde, cuando según las NNSS es una dotación.
Jueves 26 de octubre de 2023
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de uso residencial. Además, existe una discrepancia entre el plano P1 “Clasificación del
suelo y áreas protegidas”, y los planos P2 “Clasificación de suelo, ordenanzas y catálogo”, y P3 “Clasificación del suelo, alineaciones y unidades de actuación”, en relación al
límite del suelo urbano. Con esta modificación se pretende adaptar la ordenación a la
realidad existente, eliminando el vial ocupado por el pabellón, por carecer de sentido
su ejecución, una vez construido éste, y cambiar el uso de todos los terrenos situados
en el entorno del campo de fútbol, de propiedad municipal a dotacional. Además, se
propone rectificar el límite de suelo urbano de manera que el pabellón quede dentro de
dicho límite, y exista concordancia entre los planos de las NNSS mencionados.
Superposición de ortofoto y NNSS. Fuente IDEEXTREMADURA. (*) El campo de fútbol aparece tramado por error
como zona verde, cuando según las NNSS es una dotación.