Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio. Ayudas. (2023063636)
Extracto de la Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria de ayudas para la contratación de gerentes para la dinamización comercial correspondiente al ejercicio 2023.
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NÚMERO 204
53948
Martes 24 de octubre de 2023
del año 2024, 112.500 euros con cargo al presupuesto del año 2025 y 112.500 euros con
cargo al presupuesto del año 2026.
La ayuda se concederá por la cuantía correspondiente a los tres años de prestación del servicio, y se abonará conforme lo establecido en el artículo 13 de la Orden 28 de julio de 2022
por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de gerentes
para la dinamización comercial.
La cuantía de la ayuda será del 75% de los gastos subvencionables, siendo el importe máximo de los gastos subvencionables de 25.000 euros al año, de forma que el límite de ayuda
máximo por año de prestación del servicio será de 18.750 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la resolución de convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial
de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
El procedimiento de concesión de las ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica.
Mérida, 10 de octubre de 2023.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN
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Martes 24 de octubre de 2023
del año 2024, 112.500 euros con cargo al presupuesto del año 2025 y 112.500 euros con
cargo al presupuesto del año 2026.
La ayuda se concederá por la cuantía correspondiente a los tres años de prestación del servicio, y se abonará conforme lo establecido en el artículo 13 de la Orden 28 de julio de 2022
por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de gerentes
para la dinamización comercial.
La cuantía de la ayuda será del 75% de los gastos subvencionables, siendo el importe máximo de los gastos subvencionables de 25.000 euros al año, de forma que el límite de ayuda
máximo por año de prestación del servicio será de 18.750 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la resolución de convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial
de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
El procedimiento de concesión de las ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica.
Mérida, 10 de octubre de 2023.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN
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