Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Profesional Ocupacional. Subvenciones. (2023063609)
Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2023, dirigidas a entidades promotoras del Programa de Unidades de Promoción y Desarrollo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 203
53751
Lunes 23 de octubre de 2023
3. L
as personas interesadas pueden ejercitar, si lo desean, los derechos de acceso, rectificación y supresión de datos, así como solicitar que se limite el tratamiento de sus datos personales, oponerse al mismo, solicitar, así como a no ser objeto de una decisión individual
basada únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles, de
conformidad con la normativa aplicable.
Pueden presentar una reclamación ante el Delegado de Protección de Datos (dpd@juntaex.es),
o bien, ante la Agencia Española de Protección de Datos (https://www.aepd.es/es).
Undécimo. Eficacia y recursos
La presente convocatoria surtirá efectos el día siguiente al de su publicación y del extracto, a
que se refiere el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación
de la presente resolución, ante el Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital
en virtud de lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio
de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno, según
el artículo 88.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Mérida, 4 de octubre de 2023.
El Secretario General de la Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital,
(PD, Resolución de 14 de septiembre de 2023.
DOE núm. 180, de 19 de septiembre).
El Secretario General del Servicio Extremeño
Público de Empleo,
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO
53751
Lunes 23 de octubre de 2023
3. L
as personas interesadas pueden ejercitar, si lo desean, los derechos de acceso, rectificación y supresión de datos, así como solicitar que se limite el tratamiento de sus datos personales, oponerse al mismo, solicitar, así como a no ser objeto de una decisión individual
basada únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles, de
conformidad con la normativa aplicable.
Pueden presentar una reclamación ante el Delegado de Protección de Datos (dpd@juntaex.es),
o bien, ante la Agencia Española de Protección de Datos (https://www.aepd.es/es).
Undécimo. Eficacia y recursos
La presente convocatoria surtirá efectos el día siguiente al de su publicación y del extracto, a
que se refiere el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación
de la presente resolución, ante el Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital
en virtud de lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio
de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno, según
el artículo 88.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Mérida, 4 de octubre de 2023.
El Secretario General de la Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital,
(PD, Resolución de 14 de septiembre de 2023.
DOE núm. 180, de 19 de septiembre).
El Secretario General del Servicio Extremeño
Público de Empleo,
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO