Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023063413)
Resolución de 3 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y Tamián, ESPJ, para el ciclo formativo de Grado Medio en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación del IES Pérez Comendador de Plasencia.
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NÚMERO 201
Jueves 19 de octubre de 2023
53175
CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE
LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Y TAMIÁN, ESPJ, PARA EL CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO EN
OBRAS DE INTERIOR, DECORACIÓN Y REHABILITACIÓN DEL IES PÉREZ
COMENDADOR DE PLASENCIA
Mérida, 26 de septiembre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, don Francisco Eugenio Pozo Pitel, cargo para el
que fue nombrado por Decreto 99/2023, de 28 de julio (DOE núm. 146, de 31 de julio), en
virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 9 de agosto de 2023, de la Consejera (DOE núm. 156, de 14 de agosto), en representación de la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional.
Y de otra, la empresa Tamián, ESPJ, con CIF B10468213 y domicilio en c/ Las Jaras, 50, código postal 10680 Malpartida de Plasencia, Cáceres, con teléfono de contacto _________, correo electrónico ______ y Don Antonio Blanco Hernández, como representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Q
ue el objetivo del presente Convenio entre las entidades a las que representan para el
desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema educativo.
2. Q
ue el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Q
ue el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la Formación Profesional
Dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
4. Q
ue el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación
Jueves 19 de octubre de 2023
53175
CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE
LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Y TAMIÁN, ESPJ, PARA EL CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO EN
OBRAS DE INTERIOR, DECORACIÓN Y REHABILITACIÓN DEL IES PÉREZ
COMENDADOR DE PLASENCIA
Mérida, 26 de septiembre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, don Francisco Eugenio Pozo Pitel, cargo para el
que fue nombrado por Decreto 99/2023, de 28 de julio (DOE núm. 146, de 31 de julio), en
virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 9 de agosto de 2023, de la Consejera (DOE núm. 156, de 14 de agosto), en representación de la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional.
Y de otra, la empresa Tamián, ESPJ, con CIF B10468213 y domicilio en c/ Las Jaras, 50, código postal 10680 Malpartida de Plasencia, Cáceres, con teléfono de contacto _________, correo electrónico ______ y Don Antonio Blanco Hernández, como representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Q
ue el objetivo del presente Convenio entre las entidades a las que representan para el
desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema educativo.
2. Q
ue el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Q
ue el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la Formación Profesional
Dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
4. Q
ue el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación