Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Juventud. Ayudas. (2023063558)
Resolución de 29 de septiembre de 2023, de la Presidencia del Instituto de la Juventud de Extremadura, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones al amparo de la Resolución de 17 de febrero de 2023, Línea I: Subvenciones a asociaciones juveniles y entidades asimiladas a las mismas para el desarrollo de proyectos de interés general, para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 201
Jueves 19 de octubre de 2023

53220

De acuerdo con el artículo 2 del Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que
se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 140, de 21 de julio), se
asignan a la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes las competencias en materia
de juventud. Conforme con el artículo 22 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se
establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, que adscribe el Instituto de la Juventud de Extremadura a la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y deporte (DOE núm. 145, de 28 de julio).
Segundo. El artículo 29 del Decreto 311/2015, de 18 de diciembre, de bases reguladoras y
el apartado 18 de la convocatoria fijan los criterios de valoración de las solicitudes a fin de
establecer una prelación entre las mismas y el artículo 27 dispone la distribución de la cuantía
de las ayudas en función de la puntuación obtenida, en aplicación de los criterios establecidos
de valoración.
El artículo 14.2 del Decreto 311/2015, de 18 de diciembre, de bases reguladoras y el apartado
9.2 de la convocatoria establecen que para la evaluación de las solicitudes de cada línea de
ayudas se constituirá una Comisión de Valoración, que emitirá un informe en el que se concretará el resultado de la evaluación efectuada.
De acuerdo con lo establecido en el apartado 9.3 de la Resolución de 17 de febrero de 2023 y
con el artículo 14.3 del Decreto 311/2015, de 18 de diciembre, de bases reguladoras, corresponde a la persona titular de la Dirección General del Instituto de la Juventud de Extremadura, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, formular la propuesta
de resolución debidamente motivada, propuesta que no podrá separarse del informe de la
Comisión.
Asimismo el artículo 14.4 del Decreto 311/2015, de 18 de diciembre, de las bases reguladoras
establece que, “cuando el importe de la subvención concedida en la propuesta de resolución
sea inferior al que figura en la solicitud presentada, se podrá instar a la entidad beneficiaria
la reformulación de su solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención
otorgable”, teniendo en cuenta que en todo caso, la reformulación de solicitudes deberá respetar el objeto, condiciones y finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración
establecidos respecto de las solicitudes”.
Por tanto, una vez conocidas el número de solicitudes que cumplen con los requisitos y condiciones de la normativa que les es de aplicación y la puntuación obtenida aplicando los criterios
de valoración acreditados, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 del Decreto
311/2015, de 18 de diciembre, de bases reguladoras y el apartado 16 de la convocatoria, y
una vez emitidas las correspondientes reformulaciones, examinadas estas por la Comisión de